Concepto: los conceptos por los que se pueden solicitar las ayudas convocadas por la presente convocatoria son:

– Creación y producción artística: realización de proyectos de creación, investigación y producción de artistas españoles.

– Programación anual en galerías: realización de proyectos expositivos como parte de la programación anual de exposiciones en los espacios propios de las galerías de arte contemporáneo. Por programación anual de la galería se entenderá todas aquellas exposiciones que hayan estado abiertas al público entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, independientemente de que sus fechas de inauguración y clausura se hubieran realizado en otra anualidad.

– Proyectos de investigación cultural: realización de proyectos de investigación en educación y mediación cultural, proyectos de comisariado, así como las publicaciones derivadas de estos proyectos.

Plazo: la actividad subvencionable deberá llevarse a cabo, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2022.

Beneficiarios: podrán beneficiarse de estas ayudas aquellos profesionales, que estén inscritos en el Régimen Especial de trabajadores autónomos o sean empresas privadas con residencia fiscal en España que realicen las actividades que se explican en los conceptos y cumplan los requisitos establecidos en la presente Orden y en la normativa vigente en materia de subvenciones.

Cuantía: 300.000 euros.

 

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