ORDEN VMV/504/2020: ayudas a familias y entidades sin ánimo de lucro para la realización de actuaciones relacionadas con el desarrollo para combatir los efectos de las crisis social y económica provocadas por la pandemia de la COVID-19

Ayudas a familias y entidades sin ánimo de lucro para la realización de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación en el marco de la Estrategia Aragonesa de Recuperación Social y Económica para combatir los efectos de las crisis social y económica provocadas por la pandemia de la COVID-19 y con cargo al Fondo de Cohesión Territorial.
OBJETIVOS:
- Actuaciones en aquellos ejes que más puedan contribuir a mejorar el nivel de dicho desarrollo y, en particular, a fomentar el equilibrio demográfico se consideran prioritarios y que se enmarcan en los ejes temáticos de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación.
- Fomentar la realización de actuaciones de carácter demográfico para abordar los cambios y desequilibrios que se producen en las estructuras de población aragonesas y atender a los colectivos sociales más afectados por los mismos (personas mayores, mujeres, familias, jóvenes e inmigrantes) así como acciones de carácter poblacional para procurar una equilibrada distribución de la población en el territorio aragonés y frenar los procesos de despoblación.
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES:
- Tipo 1. Realización de cursos de formación para fomentar el autoempleo femenino, especialmente en aquellas ramas técnicas que contribuyan a la mejora de la productividad y competitividad empresarial (Eje temático: mujeres).
- Tipo 2. Apoyo a la creación y promoción de actividades culturales que potencien la desestacionalización de la oferta (Eje temático: Escenario vital y patrimonio territorial). Ayudas vinculadas a la financiación de proyectos de inversión.
- Tipo 3. Inversiones para la creación de entornos adaptados a personas mayores, dependientes y/o con discapacidad. (Eje temático: envejecimiento).
- Tipo 4. Acciones encaminadas a reforzar los servicios destinados al transporte social adaptado (Ejes temáticos: equipamientos y servicios / movilidad).
GASTOS SUBVENCIONABLES:
- Son gastos subvencionables aquellos proyectos de inversión o financiación de gasto corriente realizados y pagados en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 15 de noviembre de 2020.
- Las inversiones subvencionadas tendrán que estar en condiciones de ser utilizadas en el momento de proceder a la justificación de la subvención.
- En las ayudas para inversiones se podrán incluir los gastos de honorarios de redacción de proyecto y dirección de obra que estén directamente relacionados con la actuación subvencionada;
- El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) siempre que no sea susceptible de compensación o recuperación.
BENEFICIARIOS:
- Podrán solicitar estas subvenciones las asociaciones y fundaciones con domicilio en la Comunidad Autónoma de Aragón e inscritas en el Registro General de Asociaciones y en el Registro de Fundaciones con excepción de las ayudas correspondientes a inversiones para la creación de entornos adaptados a personas mayores y/o con discapacidad en su ámbito vivencial que solo podrán ser solicitadas por personas físicas.
- Los cursos organizados por los solicitantes de las ayudas del Tipo 1 (realización de cursos de formación para fomentar el autoempleo femenino) deberán reunir requisitos especiales para obtener dichas ayudas. Cursos de formación: podrán solicitarse ayudas para la realización de más de un curso diferenciado siempre que se incluyan dentro de un plan de formación.
CRITERIOS DE VALORACIÓN:
Las solicitudes se evaluarán atendiendo a los siguientes criterios de valoración:
- Valoración territorial (hasta un máximo de 20 puntos): En función del desarrollo territorial y En función del rango atribuido.
- Valoración por las características del proyecto o actuación (hasta un máximo de 25 puntos).
- Valoración en función del número de actuaciones propuestas (solo para asociaciones)
CUANTÍAS
- Realización de cursos de formación para fomentar el autoempleo femenino): 375.562,34 euros.
- Las cuantías máximas de las ayudas se establecen en el 100 %
- Tipo 1. (realización de cursos de formación para fomentar el autoempleo femenino): Máximo importe de la subvención: 10.000 euros. Presupuesto mínimo de la actuación a subvencionar: 1.000 euros.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”. (fecha 22/07/2020)
Si está interesado y desea más información sobre la posibilidad de participar, envíe un correo electrónico a gerencia@geinnovacion.com






