
Se han publicado las bases reguladoras de la concesión de ayudas por concurrencia competitiva para la
elaboración de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua y la primera convocatoria de subvenciones correspondientes al año 2022.
Financiará programas de ayudas para el impulso a la digitalización de los distintos usuarios del agua. El principal objetivo de estas subvenciones es avanzar en la protección del medio ambiente, la mejora de la gestión de los recursos hídricos y la lucha contra el cambio climático y el reto demográfico.
A lo largo del año 2022 y en 2023 se lanzarán varias convocatorias de ayudas para administraciones y entidades competentes en el ciclo urbano del agua, la industria y para comunidades de regantes y de usuarios de aguas subterráneas.
- Objeto:
Este programa de ayudas tiene por objeto subvencionar aquellos proyectos que contribuyan a la consecución de objetivos específicos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En concreto, con estas bases se van a realizar actuaciones que pueden enmarcarse tanto a actuaciones de depuración, saneamiento y reutilización del agua como también a actuaciones para la mejora de la eficiencia y reducción de pérdidas en el uso del agua, puesto que es la gestión integral de ciclo urbano del agua la mejor forma de fomentar la eficiencia en el uso del agua y energía, mejorando, tanto el saneamiento, la depuración y reutilización (submedida 1.a) como la eficiencia y reducción de pérdidas asociadas al abastecimiento (submedida 1.b), siendo la digitalización, por lo tanto, una medida transversal de mejora de la eficiencia en general de la gestión del ciclo urbano del agua, complementando y apoyando al cumplimiento, conforme está diseñado el PRTR, con el fin de garantizar el cumplimiento de los criterios de eficiencia energética, o de mejorar la eficiencia y reducir las pérdidas de agua en los sistemas de distribución de agua.
- Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias, para las actuaciones incluidas en los proyectos que se desarrollen en su ámbito territorial:
- Las personas físicas o jurídicas que sean operadores de los servicios de abastecimiento, saneamiento o depuración de aguas residuales urbanas en uno o varios términos municipales, tanto en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión directa, con expresa inclusión de los consorcios públicos y cualquier otra corporación de derecho público relacionada con la gestión del ciclo del agua, como en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión indirecta, mediante las distintas formas previstas en la normativa aplicable. En este último supuesto podrán ser también beneficiarios, además de los operadores de los servicios de abastecimiento, saneamiento o depuración de aguas residuales urbanas, los ayuntamientos, mancomunidades y demás entes locales de ámbito supramunicipal titulares de los citados servicios.
- Agrupaciones de solicitantes
- Las diputaciones provinciales o aquellas Administraciones que tengan asumidas sus competencias propias, así como los cabildos y consejos insulares.
- Actuaciones subvencionables
Serán objeto de financiación, conforme a las convocatorias asociadas, aquellos proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua que se conformen con los siguientes tipos de actuaciones: de planificación (tipo A), de implementación de acciones de mejora de la eficiencia y digitalización (tipo B) o de gestión de la información (tipo C), conforme a la siguiente descripción de la tipología de actuaciones:
- Tipo A. Elaboración/actualización de estrategias, planes, proyectos constructivos o estudios que promuevan la mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua en cualquier ámbito territorial de los términos municipales incluidos en la propuesta presentada y que incluyan, entre otros elementos, labores de caracterización digital, modelos numéricos, diagnóstico de los sistemas de captación, abastecimiento, saneamiento, vertidos y depuración existentes, gestión de la calidad del agua en general y riesgos ambientales.
- Tipo B. Intervenciones específicas de mejora de la eficiencia y digitalización del ciclo urbano del agua, tanto centradas en las infraestructuras de captación del agua o puntos de entrega para el uso público, tanto superficiales como subterráneas, como en el sistema de abastecimiento, saneamiento y depuración que en conjunto fomenten a su vez la telegestión y la telelectura del sistema, pudiendo incluir, en su caso, actuaciones en los puntos de vertido de aguas residuales. Se podrán incluir las actuaciones necesarias para la implantación de las actuaciones de mejora de la eficiencia proyectadas, incluyendo reparaciones e implantación de mejoras técnicas en los sistemas de abastecimiento, saneamiento y tratamiento de aguas, que permitan, entre otras actuaciones, la correcta sensorización de los elementos anteriormente citados, el incremento de volúmenes tratados, la disminución de pérdidas, así como todas las herramientas de comunicaciones necesarias para el desarrollo de las mismas, y en especial, aquellas destinadas a la implantación de tecnologías de la información Internet of Things (IoT).
- Tipo C. Elaboración/actualización o mejora de plataformas o sistemas de información y herramientas digitales en relación con el tratamiento, la reutilización de datos obtenidos de las actuaciones tipo B y la puesta en valor de toda la información generada de forma que permita una mejor gestión interna del ciclo urbano del agua, fomentando la mejora de la eficiencia, la disminución de las pérdidas de agua, la mejora en la gestión de las infraestructuras de tratamiento y la transparencia en la gestión y la ciberseguridad.
- Requisitos:
– Solo podrán obtener ayudas los proyectos que cumplan todos los requisitos que se indican a continuación:
- Que contribuyan a la consecución de los objetivos generales y específicos establecidos en las bases y en el Componente 5 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Que se inicien después de la publicación de la convocatoria y finalicen en el plazo previsto y con las condiciones determinadas en la convocatoria correspondiente. De manera excepcional, podrán obtener ayudas aquellas modificaciones de contratos destinados a actuaciones de inversión que se hayan aprobado con posterioridad al 1 de febrero de 2020, siempre que tengan entidad y funcionalidad propia y cumplan lo exigido en las bases y en la convocatoria.
- Que sean actuaciones de ejecución inmediata según los términos y condiciones establecidos en la convocatoria correspondiente.
- Que cumplan con la normativa sectorial vigente que les sea aplicable, en especial, solo podrán seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y europea de aplicación.
- Que incluyan actuaciones completas con utilidad propia, concretas, que estén bien definidas y cuenten con un plan de implantación que garantice su finalización en el plazo previsto en la convocatoria.
– Se deberá garantizar el mantenimiento y operación de la actuación subvencionada durante al menos cinco años después de finalización del proyecto y enviar al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico durante el citado periodo de tiempo un resumen de la información obtenida con la implantación del proyecto de mejora de la eficiencia y digitalización
– No podrán obtener ayudas las actuaciones que no garanticen el pleno cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo (principio Do No Significant Harm-DNSH).