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Convocatoria: Apoyo de la actividad comercial en zonas rurales (Gobierno de España)

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Convocatoria: Apoyo de la actividad comercial en zonas rurales (Gobierno de España)

 

Ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales (Ministerio de Industria, Comercio y Turismo)


 

Finalidad

Financiación de proyectos de impulso a la competitividad, innovación y modernización de los canales de distribución en entidades locales de hasta 5.000 habitantes, y en especial a aquellas en zonas más despobladas o con menor densidad de población, dentro el marco de la línea política tractora “Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia “España Puede”.

 

Objetivos

  1. Revertir los efectos negativos provocados por la COVID-19
  2. Reforzar la actividad y distribución comercial mediante tecnologías actuales
  3. Fomentar la cohesión económica y social, la generación de empleo y la creación de sinergias entre municipios, comercios y vecinos facilitando el consumo y entrega de los productos

 

Beneficiarios

  1. Los municipios, con poblaciones de hasta 5.000 habitantes
  2. Las provincias y consejos insulares siempre que tengan una media de población de los municipios que no supere los 5.000 habitantes
  3. Las comarcas u otras entidades que agrupen varios municipios, en los que la media simple de la población de los municipios que la integren no supere los 5.000 habitantes

 

Requisitos

  1. En los proyectos que se presenten a esta convocatoria podrán financiarse gastos devengados y pagados entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023.
  2. La realización del proyecto presentado para su financiación deberá estar finalizado en dicha fecha.
  3. Quedan excluidos aquellos proyectos terminados a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  4. Se deberá dar cumplimiento a cualquier otro requisito contemplado en la orden de bases reguladoras y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que sean de aplicación.

 

Acciones subvencionables

Los potenciales beneficiarios deberán presentar una solicitud de ayuda única que podrá englobar una o varias de las categorías indicadas a continuación:

  1. Transformación digital

Mejorar la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes, realización de campañas online.

  1. Transformación del punto de venta

Obras para la construcción de un nuevo establecimiento comercial o mejora en uno ya existente, adquisición del equipamiento comercial necesario, inversión en obras para mejorar las instalaciones, su accesibilidad y adecuación de las áreas comerciales  (No se subvencionarán actuaciones relacionadas con la adaptación de la actividad comercial al COVID – 19).

  1. Sostenibilidad y economía circular

Reducir el consumo de productos de un solo uso por parte del comercio y de los consumidores, implementación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de otros suministros en los establecimientos comerciales.

  1. Cadena de suministro y trazabilidad

Inversión en proyectos que, mediante la utilización de nuevas tecnologías, generen redes de suministro y comunicación locales o de proximidad que involucren a la totalidad o parte de los siguientes actores: comercio minorista, productores locales y proveedores de servicios afines.

  1. Sensibilización y formación

Sensibilización y formación teórica y práctica sobre el Marketing Digital, Formación, sensibilización y campañas para el fomento de estrategias de economía circular, incluyendo los gastos necesarios para crear estas campañas.

 

 

Presupuesto

El importe total de la ayuda convocada es de €4.823.000, con un porcentaje de financiación de un mínimo del 60% y un máximo del 100% pudiendo ser cofinanciado hasta en un 40% por el beneficiario de la ayuda y por la comunidad autónoma.

 

Presentación de la solicitud

Telemática (sede electrónica del Ministerio)

 

Fecha límite

06/10/2021 –  Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en el antes de las 24:00 (hora oficial española) o de las 23:00 (hora insular canaria).

 

Más información

Bases Orden ICT/950/2021, de 10 de septiembre (BOE 11/09/2021)

https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas/mercados-sostenibles-zonas-rurales/DescripcionGeneral/Paginas/Index.aspx