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Convocatorias Noticias

Subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación

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Subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación

Desde el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico han publicado las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación, que desde una dimensión económica, social, medioambiental y de género propicien la reactivación social y económica de zonas con problemas de despoblación y revaloricen el espacio rural.

Las ayudas se destinarán a financiar proyectos innovadores de carácter singular y demostrativo, que tengan como finalidad la lucha contra la despoblación, el desarrollo sostenible y la transición ecológica, con una de estas modalidades:

Modalidad A. Proyectos institucionales promovidos por entidades locales, que tengan como finalidad fomentar la creación y el desarrollo de ecosistemas de inteligencia e innovación territorial o el apoyo a proyectos tractores que reactiven la actividad socioeconómica con la finalidad de afrontar el reto demográfico y la lucha contra la despoblación.

Modalidad B. Proyectos sociales promovidos por entidades sin ánimo de lucro, que tengan como finalidad incentivar y desarrollar la participación social en proyectos que tengan como objetivo la transformación territorial.

Modalidad C. Proyectos empresariales que tengan como finalidad el impulso, la diversificación y reactivación económica, con la consiguiente generación de nuevos puestos de trabajo o el mantenimiento de los ya existentes, para el fomento del desarrollo de zonas con especiales dificultades demográficas, con especial atención a aquellos proyectos impulsados por la juventud y mujeres.

Cada beneficiario deberá presentar en su solicitud un único proyecto. El importe total solicitado por cada beneficiario no podrá superar los siguientes importes máximos.

Modalidad A. El importe de las subvenciones concedidas no podrá superar el 5 % del crédito disponible para la modalidad A.

Modalidad B. El importe de las subvenciones concedidas no podrá superar el 12 % del crédito disponible para la modalidad B.

Modalidad C. El importe de las subvenciones concedidas no será superior al máximo previsto para la ayuda total de minimis concedida a una única empresa para este tipo de ayudas, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales. El límite se aplicará independientemente de la forma de la ayuda de minimis, y el período de tres ejercicios fiscales se determinará tomando como referencia los ejercicios fiscales utilizados por la empresa.

Las ayudas concedidas no podrán superar el 90% del total de gato subvencionable para las modalidades A y B y el 70% para la modalidad C.