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Convocatorias

Ayudas a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023

Convocatorias

Ayudas a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023

  • Objeto:

Establecer las bases de la concesión, seguimiento, justificación y comprobación de las ayudas y subvenciones de actuaciones enmarcadas en los siguientes programas y subprogramas estatales del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023 (en adelante, PEICTI) cuya gestión corresponda a la Agencia Estatal de Investigación:

a) Programa Estatal para Afrontar las Prioridades de Nuestro Entorno.

Subprograma Estatal de Internacionalización.

b) Programa Estatal para Impulsar la Investigación Científico-Técnica y su Transferencia:

Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento.

Subprograma Estatal de Transferencia de Conocimiento.

Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional.

Subprograma Estatal de Infraestructuras y Equipamiento Científico-Técnico.

c) Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento.

Subprograma Estatal de Formación.

Subprograma Estatal de Incorporación.

  • Finalidad:

La presente orden persigue las siguientes finalidades asociadas a los programas y subprogramas del PEICTI indicados en el artículo 1:

  1. Respecto al Programa Estatal para afrontar las prioridades de nuestro entorno, las actuaciones reguladas en esta orden pretenden impulsar la internacionalización del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI), las sinergias con la Unión Europea y el alineamiento con sus prioridades, mediante instrumentos que financian e incentivan la construcción de un Espacio Europeo de Investigación diverso, inclusivo y sostenible, aspirando a que España tenga un papel de liderazgo en el despliegue de Horizonte Europa, así como en la colaboración científico-técnica con otros países.
  2. En relación con el Programa Estatal para impulsar la investigación científico técnica y su transferencia, las actuaciones responden a las finalidades de cada uno de los cuatro subprogramas de lo integran:

1.ª Fomentar la generación de conocimiento científico y tecnológico de calidad e impacto

2.ª Favorecer el desarrollo de resultados científicos para alcanzar niveles avanzados de madurez tecnológica a través de canales de transferencia entre investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación empresarial.

3.ª Potenciar el fortalecimiento institucional de las unidades y centros de investigación de excelencia con el fin de aumentar su visibilidad y liderazgo internacional, favorecer la captación de recursos y su efecto tractor sobre el conjunto del SECTI.

4.ª Mejorar el equipamiento científico-técnico de las instituciones y de los proyectos, dotando a los/as investigadores/as de las herramientas necesarias para poder ser competitivos, tanto a nivel nacional como internacional.

  1. Atraer y retener talento se regulan en esta orden las actuaciones destinadas a la formación de nuevas generaciones, para que adquieran las competencias necesarias para la investigación y la innovación en entornos académicos y empresariales

Asimismo, a través de las ayudas financiadas con cargo a los Fondos FEDER y FSE+, la presente orden pretende reforzar la cohesión económica, social y territorial apoyando la creación de empleo, la competitividad empresarial, el crecimiento económico, el desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos en todas las regiones.

  • Beneficiarios
  1. Las personas físicas.
  2. Las siguientes categorías de entidades:

– Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011.

– Universidades públicas y sus institutos universitarios.

– Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro y vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+i.

– Institutos de investigación sanitaria.

– Otros centros públicos de I+D+i, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan la I+D+i como actividad principal.

– Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica.

– Otros Centros Tecnológicos de ámbito territorial y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito territorial, creados según la normativa específica de la comunidad autónoma a la que pertenezcan y que estén inscritos como tales en registros específicos de su correspondiente comunidad autónoma.

– Oficinas de transferencia de Resultados de Investigación (OTRI).

– Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.

– Centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.

– Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado.

– Asociaciones empresariales sectoriales y plataformas tecnológicas y de innovación.

 

  • Actividades objeto de ayuda, de reconocimiento o de acreditación

Cuando el objetivo de la actuación lo requiera, esta podrá ser desarrollada de forma individual (por único beneficiario) o por varios beneficiarios.

En el último caso, la actuación se desarrollará en alguna de las siguientes formas:

  1. Coordinada, cuando los distintos beneficiarios involucrados en la actuación se relacionen de manera directa e individual con la Administración, tanto en el procedimiento de concesión como posteriormente a la resolución del mismo.
  2. En colaboración. Las actividades implicarán la colaboración efectiva entre los distintos miembros de la agrupación.

 

Las ayudas reguladas en esta orden financiarán, total o parcialmente, las actuaciones contempladas en los programas y subprogramas estatales de los enumerados anteriormente.

Entre otras, algunas de las actividades son:

  1. Formación de personal investigador o jóvenes doctores
  2. Adquisición de equipamiento
  3. Generación de conocimiento o sinergias entre grupos de investigación
  4. Actividades cuyo fin sea promover y mejorar la participación española en iniciativas europeas tanto en el programa de Horizonte Europa de la Comisión Europea como en otros programas internacionales
  5. Reconocimiento de la capacidad e independencia investigadora
  6. La incentivación de la estabilización del personal investigador, facilitando su consolidación como investigador/a permanente en instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro del Sistema Español de Ciencia y Tecnología con el fin de fomentar la excelencia científica y la atracción de talento
  7. La contratación de personal técnico de apoyo para dar soporte en el manejo de equipos, instalaciones y demás infraestructuras de I+D+i a fin de incrementar y mejorar las prestaciones y el rendimiento de actividades especializadas en universidades, organismos públicos de investigación y otras infraestructuras

Es importante destacar que las actividades objeto de ayuda varían dependiendo del programa que se vaya a elegir.

PLAZOS: Las solicitudes se presentarán en la forma y en el plazo establecido en cada convocatoria

Más información: https://www.boe.es/boe/dias/2022/10/29/pdfs/BOE-A-2022-17714.pdf