Modernización de las pequeñas y medianas empresas del sector del libro.

Finalidad: la financiación de proyectos de inversión para mejorar la competitividad del sector del libro, mejorar su resiliencia e impulsar su transición digital.

Las ayudas estarán dirigidas a financiar las siguientes líneas:

  • Mejorar las herramientas de gestión editorial, mediante sistemas unificados de gestión integral.
  • Modernizar las empresas distribuidoras de libros y logística.
  • Modernizar las librerías, mejorando su competitividad.
  • Desarrollar e implementar la impresión bajo demanda.

Beneficiarios: personas jurídicas y físicas (autónomos) con residencia fiscal permanente en España, y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Editoriales: tener como actividad y objeto social principal la edición de libros y/ o revistas culturales y una facturación inferior a 10 millones de euros en el año 2021.
  • Empresas distribuidoras: estar registradas como tales en el epígrafe del IAE con el código 619.6 correspondiente a «Comercio al por mayor de libros, periódicos y revistas» y tener una facturación menor de 20 millones de euros, de la cual al menos el 60% ha de ser en libros y/o revistas culturales.
  • Librerías que estén dedicadas a la venta de libros, que cuenten con hasta cinco establecimientos, con independencia de su número de empleados, y cuya oferta editorial será consecuencia de su decisión autónoma: tener como actividad y objeto social principal la venta de libros y un volumen total de facturación inferior a 5 millones de euros.
  • Empresas dedicadas a las artes gráficas: estar registradas como tales en el epígrafe del IAE con el código 474 correspondiente a «Impresión de textos o imágenes por cualquier procedimiento o sistema».

Plazo: será de 20 días hábiles desde la publicación de la convocatoria.

Cuantía: las cuantías de la subvención que no podrán, en ningún caso, superar el 80% del coste total del proyecto Cuando estas ayudas se destinen a la inversión, el importe de la ayuda no deberá exceder de la diferencia entre los costes subvencionables y el beneficio de explotación de la inversión.

Gastos subvencionables: Se considerará gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.

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