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Convocatorias

Ayudas transformación flotas. Actividad 2. Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono.

Se tratan de unas ayudas para la renovación de las flotas con la adquisición de vehículos con tecnologías alternativas a las tradicionales.

Objeto: conseguir la descarbonización, mediante la electrificación parcial o total, el empleo de gases renovables o la pila de combustible de hidrógeno.

Dirigido a: empresas privadas, personas físicas o jurídicas, de transporte de viajeros o mercancías prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario.

Requisitos: ser personas físicas o jurídicas titulares de autorizaciones de transporte MDPE, VDE, MPCE, VPCE, MDLE. o que presten servicio público de transporte urbano.

Plazo: hasta el 30/04/2024

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Convocatorias

Ayudas para la promoción del arte contemporáneo español

 

Concepto: los conceptos por los que se pueden solicitar las ayudas convocadas por la presente convocatoria son:

– Creación y producción artística: realización de proyectos de creación, investigación y producción de artistas españoles.

– Programación anual en galerías: realización de proyectos expositivos como parte de la programación anual de exposiciones en los espacios propios de las galerías de arte contemporáneo. Por programación anual de la galería se entenderá todas aquellas exposiciones que hayan estado abiertas al público entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, independientemente de que sus fechas de inauguración y clausura se hubieran realizado en otra anualidad.

– Proyectos de investigación cultural: realización de proyectos de investigación en educación y mediación cultural, proyectos de comisariado, así como las publicaciones derivadas de estos proyectos.

Plazo: la actividad subvencionable deberá llevarse a cabo, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2022.

Beneficiarios: podrán beneficiarse de estas ayudas aquellos profesionales, que estén inscritos en el Régimen Especial de trabajadores autónomos o sean empresas privadas con residencia fiscal en España que realicen las actividades que se explican en los conceptos y cumplan los requisitos establecidos en la presente Orden y en la normativa vigente en materia de subvenciones.

Cuantía: 300.000 euros.