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Convocatorias

Proyecto IMREG – Medidas de información para la política de cohesión de la UE para 2022

El fin de la convocatoria es construir y  aumentar la cobertura mediática de la política de cohesión, en particular a nivel regional, al tiempo que se aumenta la conciencia de los ciudadanos sobre los resultados de la política de cohesión y su impacto en sus vidas. Esto se llevará a cabo a través de productos como la emisión de televisión y radio, la cobertura en línea o impresa, y otro tipo de medidas de información y difusión, teniendo en cuenta el multilingüismo.

¿Cuáles son los objetivos?

El objetivo principal es proporcionar apoyo a la producción y difusión de información y contenidos relacionados con la política de cohesión de la UE, incluyendo, entre otros, el Fondo de Transición Justa, o el apoyo pertinente en el marco del Plan de Recuperación para Europa o del Instrumento de Apoyo Técnico.

Las propuestas deben proporcionar información coherente, objetiva y completa, con el fin de ofrecer una imagen global precisa de la política de cohesión de la UE. Las propuestas deben ilustrar y evaluar el papel de la política de cohesión en el cumplimiento de las prioridades políticas de la UE y en la resolución de los retos actuales y futuros de la UE, sus Estados miembros, sus regiones y el nivel local.

Las medidas de información deben incluir una o varias actividades como:

  1.     producción y distribución de material impreso, multimedia o audiovisual
  2.     actividades de divulgación en la web y en las redes sociales
  3.     actos en los medios de comunicación
  4.     conferencias, seminarios, talleres.

Impacto esperado:

  1. Para el público en general: mayor conocimiento de los resultados de la política de cohesión y su repercusión en la vida de los ciudadanos para los europeos que desconocen la UE y la acción de la UE en su región. La información debe centrarse en desarrollar una mayor comprensión de la contribución de la política de cohesión para impulsar el empleo y el crecimiento en Europa y reducir las disparidades entre los Estados miembros y las regiones.
  2. Para las partes interesadas: mejora del compromiso de las partes interesadas (incluidas las autoridades nacionales, regionales y locales, los beneficiarios, las empresas y el mundo académico) que les permita comunicar mejor el impacto de la política de cohesión en sus regiones y contribuir al debate sobre el futuro de la política de cohesión y, más ampliamente, el futuro de Europa.

Requisitos:

Para ser elegibles, los solicitantes (beneficiarios y entidades afiliadas) deben

  1.  Ser entidades jurídicas (organismos públicos o privados)
  2.  Estar establecidos en uno de los países elegibles, es decir
  3. Estados miembros de la UE (incluidos los países y territorios de ultramar (PTU)
      1. no ser autoridades encargadas de la aplicación de la política de cohesión en el sentido del artículo 71 del Reglamento RCP 2021/1060

¿Cuál es la fecha límite y el presupuesto de esta convocatoria? ç

La fecha límite para presentar las propuestas es el 10 January 2023.  El presupuesto asignado para esta convocatoria es de 7000 000 de euros.

Las instituciones interesadas en participar en esta iniciativa pueden encontrar más información y solicitar su participación en el sitio web de la Comisión Europea (pulse aquí). Póngase en contacto con nosotros si quiere solicitar consulta para la convocatoria; nuestra experiencia y buen servicio le asegurará el éxito.

 

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Convocatorias

Ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias)

  • Objeto:

Esta Orden tiene por objeto convocar subvenciones a actuaciones que, en el ámbito de la transformación y de la comercialización de productos agrarios, tiendan a mejorar el rendimiento y desarrollo económico, fomenten los productos de calidad, favorezcan la innovación, la internacionalización, la digitalización, el marketing, sean respetuosas con: el medio ambiente, la seguridad laboral, la higiene y bienestar animal y, a su vez mejoren los ratios de sostenibilidad social, económica y ambiental para el año 2023.

La finalidad de la subvención consiste en aumentar la utilización de materias primas en los procesos productivos y, mejorar su transformación y comercialización, favoreciendo así el aumento del valor añadido de los productos agrícolas, siendo el sector agroalimentario un sector estratégico que permite la sostenibilidad del medio rural y la ordenación del territorio, a través de la vertebración y fomento de la innovación, creando en consecuencia puestos de trabajo.

  • Beneficiarios

Estas ayudas van destinadas a personas físicas, jurídicas o sus agrupaciones que sean titulares de industrias agroalimentarias ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En el caso de que las actividades subvencionadas den como resultado un producto no recogido en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea las entidades beneficiarias de la subvención deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:

  1. Conforme al artículo 1.1 del Reglamento (UE) nº 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio, para ser entidad beneficiaria de estas ayudas deberá tratarse de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) activas en el sector agrícola, conforme a la definición contenida en el anexo I de dicha norma.
  2. De acuerdo con el artículo 1.5 del Reglamento (UE) nº 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio, se excluye expresamente de obtener la condición de entidad beneficiaria a aquellas empresas sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

 

  • Actividades subvencionables

Serán susceptibles de subvención las siguientes actividades:

  1. Inversiones materiales o inmateriales que se realicen en las industrias agroalimentarias, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas, que contribuyan a aumentar el valor añadido de productos agrícolas, exceptuando los productos de la pesca
  2. La introducción de tecnologías y procedimientos con el fin de desarrollar productos nuevos o de mayor calidad y lograr la apertura de nuevos mercados (especialmente en relación con las cadenas de distribución cortas). Inversiones en redes locales de recolección, recepción, almacenamiento, acondicionamiento, clasificación y embalaje, siempre que incluyan un proceso de transformación y/o comercialización del producto agrícola. Inversiones en sistemas de calidad.
  3. Inversiones en actividades de procesamiento de la biomasa agrícola para la producción de energía y biocarburante, así la incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: renovables (solar, térmica, eólica, fotovoltaica, biomasa, biogás) y cogeneración.

Quedan excluidas de la subvención las siguientes actividades:

  1. Las exclusiones que se determinen en el PDR.
  2. Las que consistan en inversiones de reposición o mera sustitución de equipos y maquinaria.
  3. Las inversiones que estén dirigidas al comercio minorista en destino, salvo que la comercialización la realicen las organizaciones de productores o sus entidades vinculadas, de los productos de sus propios asociados o de otros productores no asociados.
  • Gastos subvencionables
  1. La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
  2. La compra de nueva maquinaria y equipos de primera mano, hasta el valor de mercado del producto, así como las inversiones derivadas de la adquisición y/o mejora de activos tangibles e intangibles directamente relacionadas con la innovación, sostenibilidad medioambiental, industria 4.0, las ventas, la transformación digital u otras relacionadas.
  3. Los costes generales vinculados al proyecto de inversión en las letras a) y b) tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medio ambiental y la transformación digital incluidos los estudios de viabilidad, con el límite del 8%, debidamente justificados documentalmente.
  4. Inversiones intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y de la infraestructura TIC necesaria para la ejecución y optimización del proyecto de inversión, así como adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor, y marcas registradas relacionadas.
  5. Inversiones derivadas de la puesta en marcha de proyectos tendentes al incremento de ventas a través de la mejora de la comercialización, a través de la implantación de nuevos canales de ventas u otros relacionados.
  6. Inversiones tendentes a garantizar una oferta estable del producto comercializado o de la puesta en marcha de estructuras estables de mayor capacidad que integren a los eslabones de la cadena de valor alimentaria, desde la producción a la comercialización.

PLAZO: Del 25/10/2022 al 29/12/2022