- Objeto:
Concesión de subvenciones públicas, para la realización de cursos de formación para la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte, la movilidad, la logística y las infraestructuras, entendidos con un enfoque amplio.
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta orden ministerial tendrán como finalidad la financiación de acciones formativas orientadas a la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte y la movilidad, así como la logística, la operación y el mantenimiento de las infraestructuras vinculadas
- Beneficiarios:
Los beneficiarios de estas ayudas serán las universidades públicas y privadas, tanto estatales como autonómicas.
No obstante, los destinatarios finales de las ayudas serán las personas físicas que recibirán los cursos de formación, que podrán ser tanto trabajadores del sector, como estudiantes, desempleados o personal de las administraciones públicas. Los cursos subvencionados deberán estar abiertos a todas las personas físicas que reúnan los requisitos establecidos por los beneficiarios, no pudiendo limitarse el acceso a las acciones formativas únicamente a personal que forme parte de una empresa determinada.
- Gastos subvencionables
Serán gastos subvencionables aquellos relacionados con la organización e impartición de los cursos de formación. De esta manera, los beneficiarios deberán utilizar los fondos europeos para financiar la ejecución de las acciones formativas objeto de la convocatoria, incluyendo el coste del personal docente (formadores) o los gastos administrativos, de alquileres, seguros o comunicación y difusión, entre otros.
El IVA no se considera un coste financiable.
- Actividades formativas
Las acciones formativas deben cumplir una serie de condiciones para poder ser financiables, tal y como consta en las bases reguladoras publicadas:
- Los cursos deben constar con un mínimo de 15 créditos ECTS (Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos) con entre 25 y 30 horas por crédito, lo que equivale a 375 horas de trabajo del alumno como mínimo.
- Al menos, un tercio de las horas del curso deben ser lectivas.
- Los cursos podrán impartirse en tres modalidades: presencial, a distancia (Aula Virtual) o mixta.
En este contexto, se entiende como aula virtual un entorno de aprendizaje donde el tutor-formador y el alumnado interactúan, de forma concurrente y en tiempo real, a través de un sistema de comunicación telemático de carácter síncrono. En cuanto a la modalidad mixta, se aplica tanto a los cursos en los que una parte de la formación se imparte de forma presencial y otra a distancia, como a aquellos en los que el docente imparte los cursos de forma presencial a una parte del alumnado mientras otra sigue las clases de forma virtual simultáneamente.
Deberá entregarse a cada participante que haya completado con éxito la formación, un diploma acreditativo o título propio que recoja el número de créditos aprobados, el resultado del aprendizaje, la modalidad de impartición y el periodo, entre otra información.
- Presupuesto y procedimiento de concesión
Esta convocatoria cuenta con un presupuesto de 10,5 millones de euros de los fondos Next Generation EU para formar cerca de 4000 alumnos antes del 30 de junio de 2025.
El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
PLAZO: hasta el 3 de noviembre








