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Convocatorias

Subvenciones a federaciones de asociaciones de madres y padres de alumnado para la realización de determinadas actuaciones en materia de participación educativa para el año 2022

  • Objeto

Es objeto de la Orden ES convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subven­ciones a federaciones de asociaciones de madres y padres de alumnado no universitario de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la reali­zación de determinadas actuaciones en materia de participación educativa.

  • Beneficiarios

Las federaciones de asociaciones de madres y padres de alumnado no universitario de centros sostenidos con fondos públicos radicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón, que estén inscritas de conformidad con la normativa aplicable.

  • Actuaciones subvencionables

Aquellas dirigidas a fomentar la participa­ción de las familias en la gestión y funcionamiento del sistema educativo, mejorar los cauces de información y participación de las familias y desarrollar programas educativos comunitarios dirigidos a las familias de alumnado de los centros sostenidos con fondos públicos de Aragón; el desarrollo de actividades dirigidas a las familias de alumnado cuyo objetivo sea el mejor conocimiento del sistema educativo y el modelo educativo aragonés; así como de los pro­gramas y proyectos innovadores que se implanten. De igual manera, se considerarán actua­ciones subvencionables las actividades que favorezcan la participación de las familias en la vida de los centros educativos.

  • Gastos subvencionables

Aquellos que respondan a la natura­leza de la actividad subvencionada, tales como los siguientes:

  1. Gastos de personal, propio o contratado para la realización de la actividad subvencio­nable.
  2. Gastos en material fungible, publicidad, reprografía e información y difusión de las ac­tividades subvencionables, que no supongan un incremento patrimonial para el benefi­ciario.
  3. Gastos de desplazamiento indispensables para la preparación y realización de las ac­tividades subvencionables.
  4. Gastos de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, reparaciones, manteni­miento, conservación y suministros necesarios para la realización de la actuación ob­jeto de la subvención.
  5. Servicios externos realizados por empresas o profesionales dirigidos a la realización de la actuación subvencionable.
  6. Costes indirectos.

El periodo elegible comprende las actuaciones realizadas entre el 1 de enero y el 10 de noviembre de 2022, ambos inclusive.

  • Cuantía de las subvenciones

El presupuesto destinado a esta convocatoria es de treinta y cinco mil euros (35.000 €).

El importe de las subvenciones a conceder resultará de aplicar los criterios de valora­ción contemplados en esta convocatoria, sin que se pueda superar por beneficiario el importe de 25.000 euros.

  • PLAZOS: El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles a partir del 06/10/2022