- Objeto
Es objeto de la Orden ES convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones a federaciones de asociaciones de madres y padres de alumnado no universitario de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la realización de determinadas actuaciones en materia de participación educativa.
- Beneficiarios
Las federaciones de asociaciones de madres y padres de alumnado no universitario de centros sostenidos con fondos públicos radicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón, que estén inscritas de conformidad con la normativa aplicable.
- Actuaciones subvencionables
Aquellas dirigidas a fomentar la participación de las familias en la gestión y funcionamiento del sistema educativo, mejorar los cauces de información y participación de las familias y desarrollar programas educativos comunitarios dirigidos a las familias de alumnado de los centros sostenidos con fondos públicos de Aragón; el desarrollo de actividades dirigidas a las familias de alumnado cuyo objetivo sea el mejor conocimiento del sistema educativo y el modelo educativo aragonés; así como de los programas y proyectos innovadores que se implanten. De igual manera, se considerarán actuaciones subvencionables las actividades que favorezcan la participación de las familias en la vida de los centros educativos.
- Gastos subvencionables
Aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, tales como los siguientes:
- Gastos de personal, propio o contratado para la realización de la actividad subvencionable.
- Gastos en material fungible, publicidad, reprografía e información y difusión de las actividades subvencionables, que no supongan un incremento patrimonial para el beneficiario.
- Gastos de desplazamiento indispensables para la preparación y realización de las actividades subvencionables.
- Gastos de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, reparaciones, mantenimiento, conservación y suministros necesarios para la realización de la actuación objeto de la subvención.
- Servicios externos realizados por empresas o profesionales dirigidos a la realización de la actuación subvencionable.
- Costes indirectos.
El periodo elegible comprende las actuaciones realizadas entre el 1 de enero y el 10 de noviembre de 2022, ambos inclusive.
- Cuantía de las subvenciones
El presupuesto destinado a esta convocatoria es de treinta y cinco mil euros (35.000 €).
El importe de las subvenciones a conceder resultará de aplicar los criterios de valoración contemplados en esta convocatoria, sin que se pueda superar por beneficiario el importe de 25.000 euros.
- PLAZOS: El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles a partir del 06/10/2022