project-arch-geinnovacion
Proyectos

Arch

KA220-SCH

Mejorar las competencias culturales y digitales para incentivar el patrimonio cultural de los países

Objetivo

El proyecto ARCH tiene como objetivo la colaboración entre organizaciones e instituciones para mejorar las competencias digitales y culturales de los estudiantes aprovechando el patrimonio cultural de cada país. El proyecto ARCH pretende dar a los estudiantes de todas las edades y niveles la oportunidad de combinar el mundo real con objetos virtuales tridimensionales, interactuar con ellos y explotar de forma colaborativa sus conocimientos empírico-experimentales a través de las posibilidades que ofrecen los enfoques multimodales.

Objetivos específicos

Proporcionar una plataforma y un material útiles en línea, gratuitos y accesibles para el grupo objetivo.

Desarrollar un juego educativo digital basado en un aprendizaje más interactivo.

Ayudar a los estudiantes a conocer el patrimonio cultural de su ciudad utilizando herramientas digitales modernas.

Dar a los grupos objetivo la oportunidad de utilizar y familiarizarse con las herramientas digitales y las TIC para adquirir nuevas habilidades tecnológicas y digitales.

Mejorar el proceso de aprendizaje tradicional introduciendo las TIC y el aprendizaje basado en juegos.

Desarrollar un sentido de “pertenencia” a la comunidad en general, reduciendo las desigualdades sociales, promoviendo la participación e inclusión cultural/social.

Socios:

España, Chipre, Grecia e Italia.

Acrónimo: ARCH

Fecha de inicio: 01-11-2021

Fecha de finalización: 01-11-2024

Train4Coordinators
Noticias

¡Primera newsletter del proyecto Train4Coordinators!

¡Nos complace compartir con ustedes nuestra primera newsletter del proyecto Train4Coordinators!
Le invitamos a seguir leyendo para saber más sobre esta interesante iniciativa.

Puede descargarlo en formato PDF aquí.

[download id=”10903″]

 

FORMACIÓN PYMES LOGOS JPG
Convocatorias

Concesión de subvenciones para el Programa «Generación Digital Pymes: personas de equipos directivos y cualificación de personas empleadas en Pymes»

  • Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la financiación de la oferta formativa incluida dentro del Plan de Transformación Digital de Pymes, para personas de equipos directivos y del resto de áreas de las pequeñas y medianas empresas, así como la primera convocatoria dirigida a personas de equipos directivos.

  • ¿Qué pretenden ofrecer?

Las ayudas reguladas por estas bases pretenden ofrecer una formación que atienda a los requerimientos del entorno digital y al cambio de los modelos de negocio que se está produciendo en el entorno de las pequeñas y medianas empresas («pymes»).

  • ¿Cuáles son las entidades beneficiarias y cuáles son sus requisitos?

Los beneficiarios de la subvención serán las entidades de formación.

Podrán tener la condición de beneficiarias en las correspondientes convocatorias, las entidades de formación siempre que estén válidamente constituidas desde, al menos tres años antes de la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de la convocatoria (evidenciado con escrituras de constitución, vida laboral de empresa en el que se indique CNAE número 85 o cualquier otro documento válido en derecho que acredite que es entidad de formación), tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal o social en España. En todo caso, las entidades solicitantes habrán de tener al menos un establecimiento o sucursal en España en el momento de presentación de la solicitud.

Además, deberán:

  1. Disponer de la acreditación para la impartición de los programas que se concrete en cada convocatoria.
  2. Disponer de experiencia en formación a directivos en el ámbito de la transformación digital o en aquella específica que se establezca en cada convocatoria.
  3. Disponer de recursos económicos y materiales suficientes para ejecutar la ayuda solicitada, conforme al porcentaje que se indique en cada convocatoria, referido al importe de la ayuda total solicitada.
  4. Disponer de recursos humanos suficientes para ejecutar la ayuda solicitada, conforme a la previsión que se establezca en cada convocatoria.
  5. Deberán, además, estar inscritos en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, y tener la antigüedad mínima que se establezca en cada convocatoria.
  • ¿Quién gestionará las ayudas?

Las ayudas serán gestionadas por las entidades beneficiarias que serán entidades de formación, a través de programas de formación en el ámbito de la Economía Digital.

  • ¿En qué consistirán los programas de formación?

Serán acciones formativas que podrán adoptar el formato de microcredenciales y que serán susceptibles de ser acreditadas posteriormente en el marco de la normativa autonómica reguladora de la acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y vías no formales de formación.

  • Y ¿A quién irán dirigidos?

La oferta formativa irá dirigida a aquellas personas que en el momento de solicitar el programa desempeñen funciones directivas de la pyme así como aquellos trabajadores de la pyme que requieran una actualización o desarrollo de competencias en digitalización para un mejor desempeño en la empresa, según se desarrolle en la correspondiente convocatoria.

 

  • PLAZOS: El plazo para la presentación de solicitudes será el que se establezca en la correspondiente convocatoria, que no podrá ser inferior a diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
jovenes logos jpg
Convocatorias

Subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de proyectos de Servicios dirigidos a la juventud aragonesa durante el ejercicio 2023, cuya concesión corresponde al Instituto Aragonés de la Juventud

  • Objeto

Es objeto de esta Orden convocar subvenciones para entidades locales aragonesas durante el ejercicio 2023, para la realización de actividades dirigidas a jóvenes que incluyan entre sus actuaciones cualquiera de las calificadas como subvencionables dentro del ámbito competencial del Instituto Aragonés de la Juventud.

La finalidad de estas subvenciones es fomentar el arraigo de la juventud en el entorno local a través de la dinamización y vertebración social y económica por medio de la financiación de proyectos de juventud en los términos establecidos en esta convocatoria

  • Beneficiarios

Entidades locales aragonesas y se entiende por entidad local aragonesa:

  1. El municipio es la entidad local básica de Aragón, dotada de personalidad jurídica, naturaleza territorial y autonomía para la gestión de sus intereses peculiares.
  2. Tienen, asimismo, la condición de entidades locales de Aragón:
  3. Las provincias.
  4. Las comarcas.
  5. La entidad metropolitana de Zaragoza.
  6. Las mancomunidades de municipios.
  7. Las comunidades de villa y tierra, y
  8. Las entidades locales menores.

Tendrán en todo caso la consideración de beneficiarias de las subvenciones, entidades locales destinatarias de los fondos públicos que deban llevar a cabo la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentren en la situación que legitima su concesión.

  • Cuantía de la subvención

La cuantía individualizada de la subvención a otorgar a una misma entidad será de un máximo de 6.000 €.

La cuantía de la subvención será la máxima si el proyecto obtiene la máxima puntuación, disminuyendo en proporción a la puntuación obtenida según los criterios de valoración.

La cuantía individualizada de la subvención podrá ser del 100 por 100 del proyecto, por lo que no es exigible un porcentaje de financiación propia, siempre que el importe del mismo no supere los 6.000 euros o la cuantía solicitada cuando sea inferior a esta cantidad.

  • Requisitos

– Quienes puedan adquirir la condición de entidad beneficiaria, para solicitar la subvención deberán presentar un solo proyecto por entidad.

– Los proyectos deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Deben ejecutarse en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, dentro del territorio de la entidad solicitante.

b) Los proyectos irán dirigidos a jóvenes de entre 14 y 30 años, ambos incluidos, que son las personas destinatarias finales de la subvención.

c) El proyecto deberá realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.

– El proyecto deberá estar siempre relacionado con actuaciones a desarrollar en el medio local y corresponderse con una o varias de las tipologías siguientes:

a) Cultura, tales como el desarrollo de servicios dirigidos a fomentar encuentros culturales interterritoriales de tipo musical o artístico.

b) Fomento de emancipación juvenil en el medio rural y de autoempleo para el desarrollo de nuevas iniciativas empresariales o comerciales que se desarrollen en el territorio del ente local.

c) Fomento del mantenimiento de servicios, comercios u oficios en extinción mediante la facilitación de su continuidad por jóvenes y, en especial, el fomento del retorno de talento joven a través de la incorporación laboral de jóvenes en empresas del territorio.

d) Dinamización e información juvenil, tales como el desarrollo de encuentros informativos y de intercambio de experiencias de dinamización del medio rural a nivel interterritorial que contribuyan a la dinamización de la vida juvenil en el entorno rural de la localidad.

e) Innovación y tecnología, tales como el fomento y desarrollo de actividades científicas, tecnológicas y de investigación realizados por jóvenes o de iniciativas juveniles en el territorio de la entidad en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación.

f) Promoción de campañas de sensibilización, prevención y divulgación en el ámbito educativo, sanitario, medioambiental o cualquier otra materia de interés juvenil.

g) Elaboración de planes y programas en relación con la juventud, así como la creación de órganos de participación juvenil en el ámbito local.

h) Otros proyectos de interés general dirigidos a jóvenes que justifiquen debidamente que su objeto fomenta o desarrolla fines propios del Instituto Aragonés de la Juventud.

– Quedan excluidos los proyectos destinados a las siguientes materias:

a) Actividades juveniles reguladas en el Decreto 74/2018, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón.

b) Festejos o celebraciones con motivos festivos, patronales o similares de la entidad local.

c) Competiciones deportivas oficiales

  • Gastos subvencionables

– Se consideran gastos subvencionables aquéllos que, de manera indubitada y siendo estrictamente necesarios, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y correspondan al período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.

– Para determinar los gastos subvencionables del proyecto se aplicarán las siguientes reglas:

a) En general, se consideran subvencionables los siguientes gastos:

1.º Los ordinarios derivados de la ejecución de las actividades previstas en el proyecto tales como material fungible, desplazamientos y dietas.

2.º Producción de material audiovisual, diseño gráfico y textos, su edición y copias en cualquier soporte.

3.º Honorarios y alojamiento de ponentes, conferenciantes y artistas.

4.º Transporte de material y alquiler o cuotas mensuales de contratos de renting de vehículos para desplazamientos, combustible y peajes.

5.º Carteles, programas de mano, prensa, radio e internet para la difusión y publicidad.

6.º Alquiler de locales, escenarios y equipos técnicos, sanitarios y de seguridad.

7.º Seguros de responsabilidad civil.

8.º Alquiler de viviendas para su cesión a jóvenes durante el periodo subvencionable, cuando tengan empleo en la localidad donde se sitúa la vivienda y la cesión se haya producido en el marco de proyectos subvencionables.

b) Siempre que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma podrán admitirse como gastos subvencionables los gastos financieros, gastos de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales o registrales, gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los gastos de administración específicos.

c) Los tributos son gastos subvencionables cuando la entidad beneficiaria de la subvención los abone efectivamente.

  • Gastos NO subvencionables
  1. Los impuestos indirectos o tributos nacionales, autonómicos o locales, cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta.
  2. Gastos de inversión en inmovilizado material o intangible, según se definen en el cuadro de cuentas del Plan General de Contabilidad Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, o de aplicaciones informáticas cuando su tratamiento contable sea el propio de una inversión.
  3. Gastos de alquiler o mantenimiento de sedes administrativas, ni los propios de la estructura propia de la entidad local para llevar a cabo su actividad propia, ni los gastos indirectos no imputables directamente a la actividad subvencionada.
  4. Los intereses deudores de cuentas bancarias, intereses, recargos y sanciones administrativas o penales, y los gastos de procedimientos judiciales.
  5. Los gastos del personal propio de la entidad local, a excepción de aquel que vaya a ser contratado específicamente para la ejecución del proyecto de juventud objeto de la subvención. No obstante, los gastos en dietas y locomoción devengados por el personal propio de la entidad local con ocasión de la ejecución del proyecto, tendrán la consideración de subvencionables.
  • PLAZOS: hasta el 27/01/2023
VOLUNTARIADO JOVEN LOGOS.jpg
Convocatorias

Subvenciones en materia de juventud para entidades sin ánimo de lucro para la promoción de asociacionismo juvenil- 2023

  • Objeto:

El objeto de esta orden es aprobar la convocatoria de subvenciones con destino a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Aragón para la promoción del asociacionismo juvenil, para actuaciones a realizar en el año 2023.

La finalidad de estas subvenciones es fomentar el arraigo de la juventud en el entorno local a través de la dinamización y vertebración social y económica por medio de la financiación de proyectos de juventud.

  • Beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, con sede y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, así como las delegaciones aragonesas de entidades de distinto ámbito territorial de actuación, todas ellas inscritas en el correspondiente registro público, que desarrollen alguno de los proyectos dirigidos a la juventud.

  • Proyectos subvencionables
  1. Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos dirigidos a la juventud que se encuadren en alguno de los siguientes programas de actuación o intervención social dirigidos a la juventud:

– Proyectos de información, asesoramiento y formación.

– Proyectos de fomento para la participación de jóvenes en programas de voluntariado social.

– Proyectos dirigidos a la prevención de la marginación o desigualdad en colectivos en riesgo de exclusión

– Proyectos de dinamización y animación del ocio y tiempo libre.

– Proyectos dirigidos al fomento de la inclusión en el tiempo libre de las personas jóvenes.

  1. Cada Entidad podrá presentar un máximo de dos proyectos a subvencionar dentro de los programas precitados.
  • Actividades no subvencionables

No serán subvencionables:

  1. Las actividades de carácter docente previstas en los planes de enseñanza reglada
  2. Los carnavales, bailes, conciertos, festas locales y demás actuaciones festivas.
  3. Los programas y actividades de desarrollo curricular de los centros educativos, ya sean organizados directa o indirectamente para los mismos, así como las actividades organizadas por las AMPAS de los mismos.
  4. Las actividades propias de los clubes deportivos, y en general las prácticas deportivas de competición.
  • Gastos subvencionables
  1. Los gastos ordinarios derivados de la ejecución de las actividades previstas en el proyecto tales como material fungible, desplazamientos y dietas
  2. Los costes indirectos que resulten imputables por un importe no superior al 10 % del coste del proyecto.
  3. Los gastos del personal propio de las entidades beneficiarias, dedicados al desarrollo y gestión del proyecto subvencionado que resulten imputables, por un importe no superior al 75 % del coste final del proyecto.

Los gastos deben corresponder de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada y resultar estrictamente necesarios para su desarrollo. Así mismo los gastos deberán haberse realizado dentro del período temporal de duración de la actuación subvencionable.

  • Cuantía de la subvención

Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención a otorgar a una misma actuación no podrá en ningún caso ser superior al ochenta por ciento ni inferior al treinta y cinco por ciento del coste total del proyecto presentado, estando limitada la cuantía mínima a subvencionar por proyecto a 300 euros, y la máxima a 11.500 euros, o a la cantidad solicitada por la entidad, de ser esta inferior.

El presupuesto del proyecto presentado servirá de referencia para la determinación final del importe de la subvención, calculándose este como un porcentaje del coste final de la actividad. El porcentaje vendrá determinado por la puntuación obtenida en la valoración del proyecto. No se prevé la posibilidad de reformulación de las solicitudes.

El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad o proyecto subvencionado

 

  • PLAZO: Hasta el día 20 de enero de 2023
Presentación Profesional de Ingeniería Azul (1)
Convocatorias

Convocatoria HORIZONTE: Uso eficiente, sostenible e inclusivo de la energía

Esta convocatoria tiene como objetivo: 

  1. Aumentar la disponibilidad y mejorar el rendimiento general, incluso en lo que respecta a la rentabilidad, de las soluciones aplicables a la renovación histórica fiable y respetuosa de los edificios del patrimonio, preservando su identidad arquitectónica y cultural.
  2. Demostrar el potencial de la renovación histórica sostenible, eficiente en cuanto a energía y recursos, de los edificios patrimoniales.
  3. Mejorar la protección del valor y la inclusividad a largo plazo, la accesibilidad y la usabilidad de los sitios del patrimonio cultural.
  4. Una modernización y preservación más rentable y menos perturbadora del entorno construido del patrimonio.
  5. Mejora de la prevención y la supervisión del entorno construido del patrimonio.
  6. Un papel más importante del patrimonio cultural en el despliegue, la exhibición y la reproducción de soluciones para un entorno construido sostenible.

¿Cuáles son los objetivos?

  1. Ofrecer soluciones técnica y socialmente innovadoras, sostenibles y eficientes en cuanto a energía y recursos para mejorar y preservar de forma rentable el entorno construido del patrimonio cultural.
  2. Garantizar que las soluciones propuestas cubran todos los aspectos relevantes del ciclo de vida del entorno construido del patrimonio: diseño, obras de renovación, funcionamiento, supervisión y gestión, y mantenimiento.
  3. Garantizar que las soluciones propuestas permitan mantener el valor patrimonial (por ejemplo, artístico, histórico, arqueológico, social y científico) de los lugares seleccionados, mejorando al mismo tiempo el acceso y la comodidad de los usuarios y visitantes, y reduciendo los costes de mantenimiento y funcionamiento.
  4. Garantizar que las soluciones propuestas incluyan un bajo mantenimiento natural, así como técnicas de renovación avanzadas para un diseño y una construcción de alta calidad, incluidas las nuevas tecnologías digitales, preservando al mismo tiempo el valor cultural de los lugares seleccionados.
  5. Garantizar la participación de los grupos de interés relevantes y la aceptación de los ciudadanos gracias a procesos de cocreación e ideas socialmente innovadoras.

Requisitos:
Para poder optar a la financiación, los solicitantes deben estar establecidos en uno de los países elegibles, es decir:
-los Estados miembros de la Unión Europea, incluidas sus regiones ultraperiféricas
-los Países y Territorios de Ultramar (PTU) vinculados a los Estados miembros;
-los países elegibles no pertenecientes a la UE:
-los países asociados a Horizonte Europa

¿Cuál es la fecha límite y el presupuesto de esta convocatoria? 

La fecha límite para presentar las propuestas es el 24 January 2023. El presupuesto asignado para esta convocatoria es de 18 000 000 de  euros. 

Las instituciones interesadas en participar en esta iniciativa pueden encontrar más informaciones y solicitar su participación en el sitio web de la Comisión Europea (pulse aquí). Póngase en contacto con nosotros si quiere solicitar consulta para la convocatoria; nuestra experiencia y buen servicio le asegurarán el éxito.

A CIENCIA LOGOS
Convocatorias

Ayudas para incentivar la consolidación investigadora para el año 2022

Abierta la Convocatoria de las ayudas para incentivar la consolidación investigadora (2022), recordamos la siguiente información:

  • Objeto

El objeto de la convocatoria es fomentar la consolidación de la carrera profesional de personas investigadoras, nacionales y extranjeras, para que puedan desarrollar su carrera profesional dentro del Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación, incentivando la creación de plazas de carácter permanente en las instituciones de adscripción y facilitando el inicio o el afianzamiento de una línea de investigación mediante la financiación de un proyecto propio de I+D+i así como la adecuación y renovación de los espacios y laboratorios y la mejora del equipamiento, necesarios para su ejecución.

  • Entidades beneficiarias

Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas:

  1. Los organismos públicos de investigación
  2. Las universidades públicas y sus institutos universitarios
  3. Las universidades privadas
  4. Las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro
  5. Los Institutos de investigación sanitaria acreditados
  6. Los Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal
  7. Otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro.
  • Actividades financiables

a) El incentivo para la creación y cobertura de una plaza permanente en el área de conocimiento del/de la investigador/a principal de la actuación, durante el periodo de ejecución de la ayuda. No podrá superar el 100 % del coste salarial de la plaza permanente correspondiente a una anualidad.

b) La ejecución de un proyecto propio de I+D+i liderado por el/la investigador/a principal de la actuación (personal, movilidad, fungible, publicaciones, asesoramiento, etc.)

c) La mejora de instalaciones y equipos, que incluye adecuación de espacios, renovación de laboratorios y mejora del equipamiento, necesarios para el inicio o el afianzamiento de la línea de investigación del/de la investigador/a principal de la actuación. No podrá superar el 30 % del importe justificado como coste de ejecución del proyecto de I+D+i.

Costes indirectos: 21% sobre los gastos directos de ejecución del proyecto más costes de adecuación de espacios (se excluye la Incentivación a la consolidación).

Son de carácter obligatorio la solicitud de ayudas para la creación y cobertura de una plaza permanente, siempre que esta persona no ocupe ya una plaza permanente en la entidad solicitante al inicio del periodo de ejecución de la actuación, y la ejecución de un proyecto propio de I+D+i liderado por el/la IP; la ayuda para la adecuación de espacios es opcional.

  • Financiación

Las ayudas se financiarán mediante subvención con fondos de NextGeneration EU.

La cuantía de las ayudas no será superior a 200.000€ por solicitud (incluyendo costes indirectos).

  • PLAZO: del 3/11/2022 al 24/11/2022 a las 14:00h
NUEVO CIENCIA LOGOS
Convocatorias

Ayudas a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023

  • Objeto:

Establecer las bases de la concesión, seguimiento, justificación y comprobación de las ayudas y subvenciones de actuaciones enmarcadas en los siguientes programas y subprogramas estatales del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023 (en adelante, PEICTI) cuya gestión corresponda a la Agencia Estatal de Investigación:

a) Programa Estatal para Afrontar las Prioridades de Nuestro Entorno.

Subprograma Estatal de Internacionalización.

b) Programa Estatal para Impulsar la Investigación Científico-Técnica y su Transferencia:

Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento.

Subprograma Estatal de Transferencia de Conocimiento.

Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional.

Subprograma Estatal de Infraestructuras y Equipamiento Científico-Técnico.

c) Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento.

Subprograma Estatal de Formación.

Subprograma Estatal de Incorporación.

  • Finalidad:

La presente orden persigue las siguientes finalidades asociadas a los programas y subprogramas del PEICTI indicados en el artículo 1:

  1. Respecto al Programa Estatal para afrontar las prioridades de nuestro entorno, las actuaciones reguladas en esta orden pretenden impulsar la internacionalización del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI), las sinergias con la Unión Europea y el alineamiento con sus prioridades, mediante instrumentos que financian e incentivan la construcción de un Espacio Europeo de Investigación diverso, inclusivo y sostenible, aspirando a que España tenga un papel de liderazgo en el despliegue de Horizonte Europa, así como en la colaboración científico-técnica con otros países.
  2. En relación con el Programa Estatal para impulsar la investigación científico técnica y su transferencia, las actuaciones responden a las finalidades de cada uno de los cuatro subprogramas de lo integran:

1.ª Fomentar la generación de conocimiento científico y tecnológico de calidad e impacto

2.ª Favorecer el desarrollo de resultados científicos para alcanzar niveles avanzados de madurez tecnológica a través de canales de transferencia entre investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación empresarial.

3.ª Potenciar el fortalecimiento institucional de las unidades y centros de investigación de excelencia con el fin de aumentar su visibilidad y liderazgo internacional, favorecer la captación de recursos y su efecto tractor sobre el conjunto del SECTI.

4.ª Mejorar el equipamiento científico-técnico de las instituciones y de los proyectos, dotando a los/as investigadores/as de las herramientas necesarias para poder ser competitivos, tanto a nivel nacional como internacional.

  1. Atraer y retener talento se regulan en esta orden las actuaciones destinadas a la formación de nuevas generaciones, para que adquieran las competencias necesarias para la investigación y la innovación en entornos académicos y empresariales

Asimismo, a través de las ayudas financiadas con cargo a los Fondos FEDER y FSE+, la presente orden pretende reforzar la cohesión económica, social y territorial apoyando la creación de empleo, la competitividad empresarial, el crecimiento económico, el desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos en todas las regiones.

  • Beneficiarios
  1. Las personas físicas.
  2. Las siguientes categorías de entidades:

– Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011.

– Universidades públicas y sus institutos universitarios.

– Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro y vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+i.

– Institutos de investigación sanitaria.

– Otros centros públicos de I+D+i, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan la I+D+i como actividad principal.

– Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica.

– Otros Centros Tecnológicos de ámbito territorial y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito territorial, creados según la normativa específica de la comunidad autónoma a la que pertenezcan y que estén inscritos como tales en registros específicos de su correspondiente comunidad autónoma.

– Oficinas de transferencia de Resultados de Investigación (OTRI).

– Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.

– Centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.

– Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado.

– Asociaciones empresariales sectoriales y plataformas tecnológicas y de innovación.

 

  • Actividades objeto de ayuda, de reconocimiento o de acreditación

Cuando el objetivo de la actuación lo requiera, esta podrá ser desarrollada de forma individual (por único beneficiario) o por varios beneficiarios.

En el último caso, la actuación se desarrollará en alguna de las siguientes formas:

  1. Coordinada, cuando los distintos beneficiarios involucrados en la actuación se relacionen de manera directa e individual con la Administración, tanto en el procedimiento de concesión como posteriormente a la resolución del mismo.
  2. En colaboración. Las actividades implicarán la colaboración efectiva entre los distintos miembros de la agrupación.

 

Las ayudas reguladas en esta orden financiarán, total o parcialmente, las actuaciones contempladas en los programas y subprogramas estatales de los enumerados anteriormente.

Entre otras, algunas de las actividades son:

  1. Formación de personal investigador o jóvenes doctores
  2. Adquisición de equipamiento
  3. Generación de conocimiento o sinergias entre grupos de investigación
  4. Actividades cuyo fin sea promover y mejorar la participación española en iniciativas europeas tanto en el programa de Horizonte Europa de la Comisión Europea como en otros programas internacionales
  5. Reconocimiento de la capacidad e independencia investigadora
  6. La incentivación de la estabilización del personal investigador, facilitando su consolidación como investigador/a permanente en instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro del Sistema Español de Ciencia y Tecnología con el fin de fomentar la excelencia científica y la atracción de talento
  7. La contratación de personal técnico de apoyo para dar soporte en el manejo de equipos, instalaciones y demás infraestructuras de I+D+i a fin de incrementar y mejorar las prestaciones y el rendimiento de actividades especializadas en universidades, organismos públicos de investigación y otras infraestructuras

Es importante destacar que las actividades objeto de ayuda varían dependiendo del programa que se vaya a elegir.

PLAZOS: Las solicitudes se presentarán en la forma y en el plazo establecido en cada convocatoria

Más información: https://www.boe.es/boe/dias/2022/10/29/pdfs/BOE-A-2022-17714.pdf

Diseño sin título
Proyectos

DigitUp

KA220-VET

ACTUALIZACIÓN DIGITAL CAPACITACIÓN DE PYMES Y AUTOEMPRESAS

DigitUp es un proyecto europeo que construye un conjunto de herramientas y formaciones digitales para los gestores y educadores de las PYMEs y las empresas autónomas, ya que no poseen suficientes capacidades y recursos digitales para la transformación digital. Invertir en formación para la implantación digital permitirá a estas empresas superar las carencias de capacidades digitales y beneficiarse de las oportunidades que ofrece la digitalización

Los objetivos del proyecto DigitUp son:

  1. Identificar los tipos de competencias digitales que son altamente demandadas por las PYMEs y autoempresas y proporcionar familiarización y aportaciones transversales hacia las futuras competencias digitales y los avances en las tecnologías emergentes a los directivos y empresarios
  2. Proporcionar acceso gratuito a información y formación de alta calidad y actualizada sobre las competencias digitales, y apoyar a los educadores de EFP con recursos adecuados y materiales innovadores para la formación relevante para el proceso de digitalización de las PYMEs
  3. Destacar la importancia de la digitalización para los procesos empresariales internos y externos, animar a las PYME y a las empresas autónomas a ampliar la política de competencias digitales para trabajar en los retos que implica la transformación digital y mejorar el debate público sobre los temas pertinentes
  4. Realizar una amplia difusión y evaluación de los resultados del proyecto, llevar a cabo sesiones piloto con grupos de usuarios representativos, como educadores de EFP, directivos, etc., para comprender mejor las necesidades actuales y garantizar el acceso de los usuarios a prácticas innovadoras.

El partenariado internacional del proyecto está compuesto por: República Checa, Grecia, España, Chipre, Noruega, Italia y Bulgaria

Acrónimo: DigitUp

Fecha de inicio: 01.10.2022
Fecha de finalización: 30.09.2024

Diseño sin título (1)
Proyectos

Gameducate

KA220-SCH

GAMIFICACIÓN EN LA EDUCACIÓN ESCOLAR

GAMEDUCATE es un proyecto Erasmus que tiene como objetivo apoyar a los profesionales de la educación para que desarrollen competencias clave en la enseñanza proporcionando herramientas de enseñanza innovadoras, metodologías, tecnologías digitales y pedagogías como la gamificación. Proporcionando un marco curricular, un conjunto de herramientas digitales, así como formación en diferentes entornos de aprendizaje y ayudando a la creatividad de los profesores con la adopción de nuevas formas de enseñanza y evaluación, se abordará la transformación digital en la educación

Los objetivos específicos del GAMEDUCATE son:

  1. Obtener información sobre las necesidades actuales y las carencias de competencias en relación con los métodos de enseñanza innovadores y la tecnología digital en la educación y desarrollar un enfoque más local y personalizado del plan de estudios para satisfacer las necesidades
  2. Potenciar el desarrollo profesional de los profesores y mejorar su enseñanza ofreciendo una formación relevante para el desarrollo de los planes de estudio para los diferentes canales de aprendizaje
  3. Crear un marco curricular integrado para que los resultados sean transferibles a todos los niveles educativos, sectores y países.
  4. Proporcionar un conjunto de herramientas digitales completo que incluirá una plataforma en línea y herramientas tecnológicas digitales para que los profesores incorporen su enseñanza

El partenariado internacional del proyecto está compuesto por: Francia, Chipre, Grecia, Austria, Italia, España, Grecia y Eslovenia.

Acrónimo: GAMEDUCATE

Fecha de inicio: 01.11.2022
Fecha de finalización: 31.10.2024