Category: Convocatorias

KIT DIGITAL HOY LOGOS
Convocatorias

Solicitud Kit Digital para el Segmento III

Hoy 20 de noviembre a partir de las 11:00 h. se abrirá la convocatoria para poder realizar la solicitud del bono del Kit Digital para empresas del Segmento III, es decir para empresas de 0 a menos de 3 empleados.

Estos son lo pasos a seguir para solicitar tu bono Kit Digital:

  1. Regístrate en el área privada de Acelera PYME y completa el test de diagnóstico digital
  2. Consulta la información disponible de las soluciones de digitalización que pondrá a tu disposición el programa Kit Digital.
  3. Accede a los trámites para solicitar tu bono Kit Digital.

Recordamos que el Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.

El acceso a la página web se puede hacer desde el siguiente enlace: Kit Digital | Acelera pyme

Diseño sin título (4)
Convocatorias

NetZeroCities: Acelerar la transición de las ciudades hacia las emisiones netas cero para 2030

NetZeroCities (NZC) es un proyecto diseñado para ayudar a las ciudades a superar las actuales barreras estructurales, institucionales y culturales a las que se enfrentan para lograr la neutralidad climática en 2030. NZC apoya la misión de la UE de “100 ciudades neutras para el clima e inteligentes para 2030”. El proyecto reconoce la necesidad de que las ciudades desarrollen estrategias específicas que se adapten a los contextos locales y regionales, y las apoyará desarrollando, promoviendo e integrando herramientas, recursos y conocimientos nuevos y existentes en una plataforma única accesible para todas las ciudades a través de un portal en línea (Plataforma de la Misión). El proyecto adapta las capacidades avanzadas relacionadas con el cambio sistémico, el compromiso de los ciudadanos y la gobernanza democrática y participativa, la estructuración del capital y las finanzas, y la innovación social, para garantizar que las ciudades tengan acceso a los conocimientos técnicos necesarios para afrontar sus retos para convertirse en neutrales desde el punto de vista climático.  

¿Cuáles son los objetivos?

El Programa de Ciudades Piloto NZC:

  1. Identificará 30 ciudades o distritos europeos para probar y aplicar enfoques innovadores, explotando la Investigación & Innovación hacia una rápida descarbonización durante un programa piloto de dos años, trabajando en todas las áreas temáticas y silos funcionales en apoyo de la transformación de los sistemas. 
  2. La selección de Ciudades Piloto tratará de abordar todos los sistemas urbanos, incluyendo la movilidad, los sistemas energéticos y el entorno construido, los flujos de materiales y recursos, la salud y el bienestar, los espacios naturales, los sistemas culturales/sociales/financieros/institucionales y los espacios públicos accesibles. 

Requisitos:

Esta convocatoria está abierta a las ciudades con sede en los Estados miembros de la UE o en los países asociados a Horizon 2020. 

El apoyo financiero puede ser proporcionado a 

  1.  Autoridades locales o administraciones municipales;
  2.  Socios locales, como instituciones de investigación/universidades, 
  3.  Pymes, 
  4.  ONGs/asociaciones, 
  5.  grupos de ciudadanos u otras partes interesadas que participen en la aplicación de las ambiciones climáticas de las autoridades locales o las administraciones municipales.

Duración

El proyecto tendrá una duración máxima de 24 meses.

¿Cuál es la fecha límite y el presupuesto de esta convocatoria? 

La fecha límite para presentar las propuestas es el 4 de Noviembre de 2022. El presupuesto asignado para esta convocatoria es de 32 millones de euros 

Las instituciones interesadas en participar en esta iniciativa pueden encontrar más información y solicitar su participación en el sitio web de la Comisión Europea (pulse aquí). Póngase en contacto con nosotros si quiere solicitar consulta para la convocatoria; nuestra experiencia y buen servicio le asegurará el éxito.

 

Diseño sin título (3)
Convocatorias

Programa digital europeo 2021-2022 : Habilidades digitales avanzadas

¿En qué consiste la convocatoria?

El objetivo es aumentar y equilibrar las posibilidades de adquirir competencias digitales en todos los países europeos, ampliando la oferta educativa de cursos de formación en áreas digitales. Los cursos se diseñarán conjuntamente por universidades de diferentes Estados miembros y países asociados, junto con centros de excelencia y empresas activas en el ámbito. 

El impacto será doble: un aumento de la oferta de cursos en toda la UE y el desarrollo de ecosistemas digitales dinámicos en los que la excelencia académica, la investigación y las industrias innovadoras trabajen juntas para atraer y retener a los mejores talentos de todo el mundo.

¿Cuáles son los objetivos?

La acción pretende:

  1. Aumentar y mejorar la oferta de programas educativos y el número de estudiantes especializados en áreas de capacidad clave. 
  2. Apoyar más cursos interdisciplinarios que puedan dotar a los profesionales de habilidades digitales avanzadas relevantes y aumentar la diversidad entre los estudiantes y los futuros expertos digitales (por ejemplo, habilidades de análisis de datos para profesionales de diferentes sectores).
  3. Apoyar la cooperación entre las instituciones de enseñanza superior y el sector privado, junto con los centros de investigación y excelencia en tecnologías digitales, incluidos los financiados en las demás acciones del programa.

Prioridades

Las convocatorias de los dos primeros años abordarán los siguientes temas Datos, Internet de las Cosas (IoT), IA, Blockchain, ciberseguridad, HPC, cuántica, entre otros y cursos interdisciplinares, incluyendo la enseñanza de las áreas anteriores en un ámbito educativo no relacionado con las TIC (por ejemplo, aplicaciones de IA para la agricultura o ciberseguridad y derecho, etc.). 

Las propuestas pueden referirse a una sola área tecnológica, o a más, o a un solo programa interdisciplinario, con un enfoque específico en un sector. 

Las instituciones de educación terciaria en consorcio con los centros de competencia y excelencia pertinentes y la industria recibirán financiación para crear y reforzar cursos de excelencia en las áreas mencionadas. 

Requisitos:

 Para ser elegibles, los solicitantes (beneficiarios y entidades afiliadas) deben:

  1.  ser entidades jurídicas (organismos públicos o privados)
  2.  estar establecidos en uno de los países elegibles, es decir
  3.  Estados miembros de la UE (incluidos los países y territorios de ultramar (PTU))
    1. países no pertenecientes a la UE:
    2. países del EEE incluidos en la lista y países asociados al Programa Europa Digital (países asociados) o países que estén en negociaciones en curso para un acuerdo de asociación y cuyo acuerdo entre en vigor antes de la firma de la subvención.

Se animará a los socios de estos consorcios a compartir conocimientos, instalaciones, personal y material didáctico También se fomenta la movilidad intersectorial entre las instituciones de educación superior y el sector privado. 

¿Cuál es la fecha límite y el presupuesto de esta convocatoria?

La fecha límite para presentar las propuestas es el 24 de Enero de 2023. El presupuesto asignado para esta convocatoria es de € 56 000 000 

Las instituciones interesadas en participar en esta iniciativa pueden encontrar más informaciones y solicitar su participación en el sitio web de la Comisión Europea (pulse aquí). Póngase en contacto con nosotros si quiere solicitar consulta para la convocatoria; nuestra experiencia y buen servicio le asegurarán el éxito.

UNIVERSIDAD LOGOS
Convocatorias

Programa de subvenciones para cursos de formación para la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte y la movilidad

  • Objeto:

Concesión de subvenciones públicas, para la realización de cursos de formación para la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte, la movilidad, la logística y las infraestructuras, entendidos con un enfoque amplio.

Las subvenciones que se concedan al amparo de esta orden ministerial tendrán como finalidad la financiación de acciones formativas orientadas a la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte y la movilidad, así como la logística, la operación y el mantenimiento de las infraestructuras vinculadas

  • Beneficiarios:

Los beneficiarios de estas ayudas serán las universidades públicas y privadas, tanto estatales como autonómicas.

No obstante, los destinatarios finales de las ayudas serán las personas físicas que recibirán los cursos de formación, que podrán ser tanto trabajadores del sector, como estudiantes, desempleados o personal de las administraciones públicas. Los cursos subvencionados deberán estar abiertos a todas las personas físicas que reúnan los requisitos establecidos por los beneficiarios, no pudiendo limitarse el acceso a las acciones formativas únicamente a personal que forme parte de una empresa determinada.

  • Gastos subvencionables

Serán gastos subvencionables aquellos relacionados con la organización e impartición de los cursos de formación. De esta manera, los beneficiarios deberán utilizar los fondos europeos para financiar la ejecución de las acciones formativas objeto de la convocatoria, incluyendo el coste del personal docente (formadores) o los gastos administrativos, de alquileres, seguros o comunicación y difusión, entre otros.

El IVA no se considera un coste financiable.

  • Actividades formativas

Las acciones formativas deben cumplir una serie de condiciones para poder ser financiables, tal y como consta en las bases reguladoras publicadas:

  1. Los cursos deben constar con un mínimo de 15 créditos ECTS (Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos) con entre 25 y 30 horas por crédito, lo que equivale a 375 horas de trabajo del alumno como mínimo.
  2. Al menos, un tercio de las horas del curso deben ser lectivas.
  3. Los cursos podrán impartirse en tres modalidades: presencial, a distancia (Aula Virtual) o mixta.

En este contexto, se entiende como aula virtual un entorno de aprendizaje donde el tutor-formador y el alumnado interactúan, de forma concurrente y en tiempo real, a través de un sistema de comunicación telemático de carácter síncrono. En cuanto a la modalidad mixta, se aplica tanto a los cursos en los que una parte de la formación se imparte de forma presencial y otra a distancia, como a aquellos en los que el docente imparte los cursos de forma presencial a una parte del alumnado mientras otra sigue las clases de forma virtual simultáneamente.

Deberá entregarse a cada participante que haya completado con éxito la formación, un diploma acreditativo o título propio que recoja el número de créditos aprobados, el resultado del aprendizaje, la modalidad de impartición y el periodo, entre otra información.

  • Presupuesto y procedimiento de concesión

Esta convocatoria cuenta con un presupuesto de 10,5 millones de euros de los fondos Next Generation EU para formar cerca de 4000 alumnos antes del 30 de junio de 2025.

El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

PLAZO: hasta el 3 de noviembre

ciencia logos
Convocatorias

Concesión de la distinción “Ciudad de la Ciencia y la Innovación” correspondiente al año 2022

  • Objeto:

La distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación» tiene como objetivo reconocer la participación de un gran número de ayuntamientos en la política de ciencia e innovación del Gobierno, como agentes integrantes de la Estrategia Estatal de Innovación, mediante un reconocimiento anual, que otorgue prestigio y genere una conducta institucional activa a favor de la innovación, valorando tanto los pequeños como los grandes esfuerzos y logros.

La concesión se realiza mediante el régimen de concurrencia competitiva conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.

  • Beneficiarios:

Podrán ser candidatos aquellos ayuntamientos en donde exista acuerdo de participación del órgano municipal competente, y que hayan realizado proyectos de innovación

  • Proyectos de innovación
  1. Los destinados a la promoción de la actividad económica, la iniciativa emprendedora y la innovación, como parques empresariales, parques científicos y tecnológicos, centros de conocimiento y viveros de empresa, así como su dotación de infraestructuras para el despliegue y acceso a las redes de telecomunicaciones de nueva generación.
  2. Los de creación, equipamiento y desarrollo de infraestructuras de innovación y desarrollo tecnológico.
  3. Los destinados a mejorar el acceso a las redes e infraestructuras de las tecnologías de la información y de las telecomunicaciones fijas y móviles, y a su utilización.
  4. Los destinados a mejorar la economía verde, entendida como patrón de crecimiento que respete la sostenibilidad ambiental, uso racional de los recursos naturales, eficiencia energética e incremento del uso de las energías renovables tanto en el patrimonio municipal, especialmente los edificios, como en los servicios públicos prestados por el ayuntamiento, con especial atención al transporte colectivo innovador y a nuevas formas de movilidad.
  5. Los destinados a promover la innovación en la economía de la salud y asistencial (centros de día, asistenciales y de mayores), como mejora de la calidad de vida por parte de los ciudadanos del municipio.
  6. Los destinados a la modernización de la Administración municipal mediante el establecimiento de procesos de gestión documental, digitalización y acceso a redes de comunicación de alta velocidad, fijas y móviles.
  7. Los centros de cultura y divulgación científica-tecnológica (museos de ciencia o tecnología, museos de energía, centros de divulgación/interpretación científico técnica…).
  8. Las residencias de investigadores y centros de formación.
  • Modalidades de la distinción

Se contemplan tres categorías en la distinción atendiendo a la población del municipio:

– Hasta 20.000 habitantes.

– De 20.001 a 100.000 habitantes.

– Más de 100.000 habitantes.

  • PLAZOS: del 18 al 28 de octubre de 2022 a las 12h.
A RÍO EBRO
Convocatorias

Subvenciones para actuaciones de adaptación al riesgo de inundación de edificaciones, equipamientos e instalaciones o explotaciones en el tramo medio del río Ebro y principales afluentes

  • Objeto:

Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas de Aragón, La Rioja y la Comunidad Foral de Navarra para el desarrollo de medidas para la mejora ambiental de los cauces y la adaptación al riesgo de inundación de edificaciones, equipamientos, instalaciones, explotaciones agrícolas y/o ganaderas, vías de comunicación o núcleos urbanos existentes en el tramo medio del río Ebro y principales afluentes asociados.

 

  • Beneficiarios:

Serán beneficiarias directas de estas subvenciones las comunidades autónomas de Aragón, La Rioja y la Comunidad Foral de Navarra.

Por lo tanto, podrán ser destinatarios últimos de las ayudas establecidas en el real decreto, los sujetos que se enumeran a continuación y que lleven a cabo cualquiera de las actuaciones necesarias de forma que se minimicen los daños que producen las inundaciones en dicho ámbito:

  1. Administraciones públicas.
  2. Personas físicas.
  3. Personas jurídicas.
  4. Cualquier entidad del sector público institucional

El ámbito territorial de este real decreto queda definido para los municipios ribereños del eje del río Ebro, desde el término municipal de Logroño hasta la desembocadura del río Aguas Vivas en el término municipal de La Zaida, en la provincia de Zaragoza, así como los municipios ribereños de los principales afluentes por su margen izquierda, en particular el río Ega, ríos Arga y Aragón, río Arba y río Gállego, y en su margen derecha el río Cidacos, el río Alhama, el río Jalón y el río Huerva.

  • Actuaciones a financiar:
  1. Adquisición de equipamientos o materiales que impidan la entrada de las aguas o faciliten su evacuación tales como barreras temporales o permanentes, bombas de achique, válvulas antirretornos y otros elementos.
  2. Ejecución de obras de recuperación ambiental y mejora del estado de cauces y riberas que, contribuyan además a la reducción del riesgo de inundación, especialmente en los entornos urbanos, incluyendo actuaciones de adaptación al riesgo de inundación en los elementos vulnerables, tales como impermeabilización o rediseño de fachadas, construcción o mejora de muros perimetrales, protección o sellado de huecos (ventanas, rejillas de ventilación, patinillos de instalaciones…), protección o traslado de instalaciones vulnerables (cuadros eléctricos, transformadores, calderas, depósitos de combustible, etc.). Serán elegibles los gastos de los servicios complementarios de las obras, tales como redacción de proyectos, dirección de obra y coordinación de seguridad y salud, estudios topográficos, geotécnicos, de inundabilidad, etc.
  3. Adaptación al riesgo de inundación de explotaciones agrarias (instalación de compuertas y/o barreras anti-inundación temporales y/o permanentes, sellado e impermeabilización de paredes exteriores y soleras, elevación o sellado de umbrales de entrada, elevación o protección de infraestructuras y/o de equipamientos, creación, ampliación o mejora de sistemas de drenaje, rediseño de redes y sistemas de riego de forma que discurran bajo el terreno natural, creación de bandas de protección natural, reordenación/rotación de cultivos y selección de especies inundorresistentes, creación de zonas de inundación temporal controlada, etc.).
  4. Instalación de elementos que permitan adaptar y proteger explotaciones ganaderas (alojamiento temporal para los animales, apriscos permanentes o temporales, construcción de rampas de acceso, barreras anti-inundación, elevación del suelo de naves, elevación y/o protección de equipamiento/instalaciones, sellado e impermeabilización de muros exteriores, etc.).
  5. Implantación de medidas encaminadas a la mitigación de riesgos mediante una mejor gestión de los episodios de inundación, tales como la elaboración y/o implantación de planes de protección civil de ámbito municipal.
  6. Adquisición de terrenos y la indemnización de cualesquiera otros derechos que pudieran resultar afectados en actuaciones destinadas a la protección frente al riesgo de inundación, incluyendo indemnizaciones condicionadas al cese de actividad y la baja en el registro de explotaciones ganaderas ubicadas en zonas de elevado riesgo de inundaciones. Se considerarán elegibles, en su caso, los gastos de demolición de edificaciones existentes con el fin de dejar el terreno adaptado al riesgo de inundación.
  7. Otras actuaciones de adaptación de vías de comunicación y cualquier otra infraestructura o bien existente en la zona inundable, incluyendo la implantación de las medidas identificadas en los planes de gestión del riesgo de inundación y otros planes regionales o municipales de actuación frente a inundaciones.
  8. No podrán beneficiarse de subvención aquellas obras o actuaciones que estén destinadas a reparaciones o mejoras que no tengan relación directa con la adaptación al riesgo de inundación
  • Financiación y presupuesto:

El importe total de las subvenciones contenidas en este real decreto asciende a diez millones de euros (10.000.000), distribuidos entre las entidades beneficiarias correspondiendo a cada una de ellas los siguientes importes:

  1. A la Comunidad Autónoma de Aragón, 4.500.000 euros.
  2. A la Comunidad Autónoma de La Rioja, 1.500.000 euros.
  3. A la Comunidad Foral de Navarra, 4.000.000 de euros.

El importe de la subvención prevista se abonará con cargo al presupuesto del Fondo de Restauración Ecológica y Resiliencia, FCPJ.

  • Requisitos:
  1. Los beneficiarios habrán de ejecutar las medidas citadas en el plazo de treinta y seis (36) meses desde la aprobación de este real decreto, prorrogables. Podrán incluirse en el ámbito de este real decreto, adicionalmente las actuaciones de adaptación al riesgo de inundación que se hayan realizado en los dieciocho meses anteriores a la aprobación del mismo. El plazo para su ejecución finalizará en cualquier caso antes del 1 de junio de 2026, todo ello en coordinación con las distintas actuaciones establecidas en el CID para esta tipología
  2. Con este real decreto se apoya y colabora en el cumplimiento de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en concreto, que insta a proteger al menos 40.000 habitantes contra el riesgo de inundación. Para ello, tras la ejecución de las actuaciones financiadas con este real decreto, deberán haberse realizado actuaciones de restauración de ríos y riberas en al menos 5 kilómetros de cauces y haber protegido frente al riesgo de inundación a, al menos, 1.000 habitantes, siendo el número de habitantes protegidos en cada una de las comunidades autónomas de, al menos:

– Aragón, actuaciones en más de 2,25 kilómetros de cauces y 450 habitantes

– La Rioja, actuaciones en más de 0,75 kilómetros de cauces y 150 habitantes

– Navarra, actuaciones en más de 2 kilómetros de cauces y 400 habitantes

  • Distribución del presupuesto:
  1. Al menos un 25 % de la subvención total destinada a su ámbito territorial para realizar las obras necesarias que permitan la protección, mejora ambiental y adaptación al riesgo de inundación de los entornos fluviales de los municipios del ámbito territorial de este real decreto, así como edificios, instalaciones, infraestructuras o equipamientos de titularidad pública existentes en el ámbito territorial.
  2. Al menos un 25 % de la subvención total destinada a su ámbito territorial al sector privado, para lo cual deberán realizar una convocatoria de concurrencia competitiva que financie medidas de adaptación al riesgo de inundación de bienes privados en el ámbito territorial.
  3. Hasta un 10 % de la subvención total destinada a su ámbito territorial para la contratación de personal técnico que permita el asesoramiento y capacitación en el diseño e implementación de las actuaciones propuestas a los eventuales beneficiarios, así como en la coordinación de la preparación de la documentación justificativa de las subvenciones. La contratación de este personal podrá realizarse de forma directa, a través de encargos a medios propios personificados o mediante licitaciones públicas.

Más información: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-15420

SEGMENTO III LOGOS
Convocatorias

3ª Convocatoria Kit Digital para empresas de 0 a 2 empleados – Segmento III

El próximo 20 de octubre a las 11h  se abrirá la convocatoria para que las empresas de 0 a 2 empleados puedan empezar a solicitar su bono del Kit Digital.

Recordamos la siguiente información acerca de la convocatoria:

  • Objeto:

Ayudas mediante la que se ejecuta el Programa Kit Digital, dirigida a la digitalización de las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo comprendidas en el Segmento III, esto es, pequeñas empresas entre 0 y menos de 3 empleados.

El número de empleados se calculará teniendo en cuenta los datos de trabajadores existentes en el Régimen General de la Seguridad Social y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (autónomos colaboradores y autónomos societarios), o por cualquier otro medio válido en Derecho. El plazo para contabilizar la plantilla media de trabajadores del Régimen General (Seguridad Social) será el correspondiente a los últimos 12 meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.

Esta Convocatoria tiene por finalidad la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de las entidades comprendidas en el citado Segmento III, seleccionando, en régimen de concesión directa, los beneficiarios de las ayudas mediante un procedimiento de concurrencia no competitiva

  • Beneficiarios:

Pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, comprendidas en el Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas entre 0 y menos de 3 empleados.

  • No podrán ser beneficiarios:
  1. Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización.
  2. Las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios ni los autónomos colaboradores.
  3. Las uniones temporales de empresas (UTE).
  4. Las personas físicas o jurídicas que hayan obtenido la condición de beneficiarias en alguna de las Convocatorias del Programa Kit Digital.
  5. Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
  6. Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.
  • Características de las ayudas
  1. Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital.
  2. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional.

– Habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:

  1. Que la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras.
  2. y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.

– Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:

  1. El desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
  2. La actualización de versiones de software por el proveedor, esto es, releases que el proveedor publique sobre una versión existente.
  3. Upgrades o mejora de versiones.

El importe máximo de ayuda por beneficiario será de dos mil euros (2.000 €), al estar dirigidas únicamente al Segmento III.

  • PLAZOS: desde el 20/10/2022 a las 11h. hasta el 20/10/2023 a las 11h. o cuando se agote el crédito presupuestario
ESTUDIANTES CON LOGO 2
Convocatorias

Subvenciones a federaciones de asociaciones de madres y padres de alumnado para la realización de determinadas actuaciones en materia de participación educativa para el año 2022

  • Objeto

Es objeto de la Orden ES convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subven­ciones a federaciones de asociaciones de madres y padres de alumnado no universitario de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la reali­zación de determinadas actuaciones en materia de participación educativa.

  • Beneficiarios

Las federaciones de asociaciones de madres y padres de alumnado no universitario de centros sostenidos con fondos públicos radicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón, que estén inscritas de conformidad con la normativa aplicable.

  • Actuaciones subvencionables

Aquellas dirigidas a fomentar la participa­ción de las familias en la gestión y funcionamiento del sistema educativo, mejorar los cauces de información y participación de las familias y desarrollar programas educativos comunitarios dirigidos a las familias de alumnado de los centros sostenidos con fondos públicos de Aragón; el desarrollo de actividades dirigidas a las familias de alumnado cuyo objetivo sea el mejor conocimiento del sistema educativo y el modelo educativo aragonés; así como de los pro­gramas y proyectos innovadores que se implanten. De igual manera, se considerarán actua­ciones subvencionables las actividades que favorezcan la participación de las familias en la vida de los centros educativos.

  • Gastos subvencionables

Aquellos que respondan a la natura­leza de la actividad subvencionada, tales como los siguientes:

  1. Gastos de personal, propio o contratado para la realización de la actividad subvencio­nable.
  2. Gastos en material fungible, publicidad, reprografía e información y difusión de las ac­tividades subvencionables, que no supongan un incremento patrimonial para el benefi­ciario.
  3. Gastos de desplazamiento indispensables para la preparación y realización de las ac­tividades subvencionables.
  4. Gastos de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, reparaciones, manteni­miento, conservación y suministros necesarios para la realización de la actuación ob­jeto de la subvención.
  5. Servicios externos realizados por empresas o profesionales dirigidos a la realización de la actuación subvencionable.
  6. Costes indirectos.

El periodo elegible comprende las actuaciones realizadas entre el 1 de enero y el 10 de noviembre de 2022, ambos inclusive.

  • Cuantía de las subvenciones

El presupuesto destinado a esta convocatoria es de treinta y cinco mil euros (35.000 €).

El importe de las subvenciones a conceder resultará de aplicar los criterios de valora­ción contemplados en esta convocatoria, sin que se pueda superar por beneficiario el importe de 25.000 euros.

  • PLAZOS: El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles a partir del 06/10/2022
PERTE AGUA LOGOS
Convocatorias

PERTE de digitalización del ciclo del agua

Se han publicado las bases reguladoras  de la concesión de ayudas por concurrencia competitiva para la
elaboración de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua y la primera convocatoria de subvenciones correspondientes al año 2022.

Financiará programas de ayudas para el impulso a la digitalización de los distintos usuarios del agua. El principal objetivo de estas subvenciones es avanzar en la protección del medio ambiente, la mejora de la gestión de los recursos hídricos y la lucha contra el cambio climático y el reto demográfico.

A lo largo del año 2022 y en 2023 se lanzarán varias convocatorias de ayudas para administraciones y entidades competentes en el ciclo urbano del agua, la industria y para comunidades de regantes y de usuarios de aguas subterráneas.

  • Objeto:

Este programa de ayudas tiene por objeto subvencionar aquellos proyectos que contribuyan a la consecución de objetivos específicos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En concreto, con estas bases se van a realizar actuaciones que pueden enmarcarse tanto a actuaciones de depuración, saneamiento y reutilización del agua como también a actuaciones para la mejora de la eficiencia y reducción de pérdidas en el uso del agua, puesto que es la gestión integral de ciclo urbano del agua la mejor forma de fomentar la eficiencia en el uso del agua y energía, mejorando, tanto el saneamiento, la depuración y reutilización (submedida 1.a) como la eficiencia y reducción de pérdidas asociadas al abastecimiento (submedida 1.b), siendo la digitalización, por lo tanto, una medida transversal de mejora de la eficiencia en general de la gestión del ciclo urbano del agua, complementando y apoyando al cumplimiento, conforme está diseñado el PRTR, con el fin de garantizar el cumplimiento de los criterios de eficiencia energética, o de mejorar la eficiencia y reducir las pérdidas de agua en los sistemas de distribución de agua.

  • Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias, para las actuaciones incluidas en los proyectos que se desarrollen en su ámbito territorial:

  1. Las personas físicas o jurídicas que sean operadores de los servicios de abastecimiento, saneamiento o depuración de aguas residuales urbanas en uno o varios términos municipales, tanto en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión directa, con expresa inclusión de los consorcios públicos y cualquier otra corporación de derecho público relacionada con la gestión del ciclo del agua, como en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión indirecta, mediante las distintas formas previstas en la normativa aplicable. En este último supuesto podrán ser también beneficiarios, además de los operadores de los servicios de abastecimiento, saneamiento o depuración de aguas residuales urbanas, los ayuntamientos, mancomunidades y demás entes locales de ámbito supramunicipal titulares de los citados servicios.
  2. Agrupaciones de solicitantes
  3. Las diputaciones provinciales o aquellas Administraciones que tengan asumidas sus competencias propias, así como los cabildos y consejos insulares.

 

  • Actuaciones subvencionables

Serán objeto de financiación, conforme a las convocatorias asociadas, aquellos proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua que se conformen con los siguientes tipos de actuaciones: de planificación (tipo A), de implementación de acciones de mejora de la eficiencia y digitalización (tipo B) o de gestión de la información (tipo C), conforme a la siguiente descripción de la tipología de actuaciones:

  1. Tipo A. Elaboración/actualización de estrategias, planes, proyectos constructivos o estudios que promuevan la mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua en cualquier ámbito territorial de los términos municipales incluidos en la propuesta presentada y que incluyan, entre otros elementos, labores de caracterización digital, modelos numéricos, diagnóstico de los sistemas de captación, abastecimiento, saneamiento, vertidos y depuración existentes, gestión de la calidad del agua en general y riesgos ambientales.
  2. Tipo B. Intervenciones específicas de mejora de la eficiencia y digitalización del ciclo urbano del agua, tanto centradas en las infraestructuras de captación del agua o puntos de entrega para el uso público, tanto superficiales como subterráneas, como en el sistema de abastecimiento, saneamiento y depuración que en conjunto fomenten a su vez la telegestión y la telelectura del sistema, pudiendo incluir, en su caso, actuaciones en los puntos de vertido de aguas residuales. Se podrán incluir las actuaciones necesarias para la implantación de las actuaciones de mejora de la eficiencia proyectadas, incluyendo reparaciones e implantación de mejoras técnicas en los sistemas de abastecimiento, saneamiento y tratamiento de aguas, que permitan, entre otras actuaciones, la correcta sensorización de los elementos anteriormente citados, el incremento de volúmenes tratados, la disminución de pérdidas, así como todas las herramientas de comunicaciones necesarias para el desarrollo de las mismas, y en especial, aquellas destinadas a la implantación de tecnologías de la información Internet of Things (IoT).
  3. Tipo C. Elaboración/actualización o mejora de plataformas o sistemas de información y herramientas digitales en relación con el tratamiento, la reutilización de datos obtenidos de las actuaciones tipo B y la puesta en valor de toda la información generada de forma que permita una mejor gestión interna del ciclo urbano del agua, fomentando la mejora de la eficiencia, la disminución de las pérdidas de agua, la mejora en la gestión de las infraestructuras de tratamiento y la transparencia en la gestión y la ciberseguridad.
  • Requisitos:

– Solo podrán obtener ayudas los proyectos que cumplan todos los requisitos que se indican a continuación:

  1. Que contribuyan a la consecución de los objetivos generales y específicos establecidos en las bases y en el Componente 5 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  2. Que se inicien después de la publicación de la convocatoria y finalicen en el plazo previsto y con las condiciones determinadas en la convocatoria correspondiente. De manera excepcional, podrán obtener ayudas aquellas modificaciones de contratos destinados a actuaciones de inversión que se hayan aprobado con posterioridad al 1 de febrero de 2020, siempre que tengan entidad y funcionalidad propia y cumplan lo exigido en las bases y en la convocatoria.
  3. Que sean actuaciones de ejecución inmediata según los términos y condiciones establecidos en la convocatoria correspondiente.
  4. Que cumplan con la normativa sectorial vigente que les sea aplicable, en especial, solo podrán seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y europea de aplicación.
  5. Que incluyan actuaciones completas con utilidad propia, concretas, que estén bien definidas y cuenten con un plan de implantación que garantice su finalización en el plazo previsto en la convocatoria.

– Se deberá garantizar el mantenimiento y operación de la actuación subvencionada durante al menos cinco años después de finalización del proyecto y enviar al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico durante el citado periodo de tiempo un resumen de la información obtenida con la implantación del proyecto de mejora de la eficiencia y digitalización

– No podrán obtener ayudas las actuaciones que no garanticen el pleno cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo (principio Do No Significant Harm-DNSH).

Diseño sin título
Convocatorias

Crecimiento sostenible y aumento de la resiliencia en el turismo para capacitar a las pymes para llevar a cabo la doble transición

¿En qué consiste la convocatoria?

Esta convocatoria de propuestas formará parte de la estrategia global de recuperación de COVID-19 para un ecosistema turístico sostenible. En particular, pretende equipar y capacitar a las PYME en sus esfuerzos de transición dual, en línea con la Hoja de Ruta de la Transición del Turismo (como parte de la Actualización de la Estrategia de la Industria (COM(2021)350 final).

La acción tiene como objetivo impulsar la recuperación con visión de futuro del ecosistema turístico mediante el apoyo, la transformación digital y verde de las empresas turísticas, especialmente las PYME, y el estímulo de la innovación, la resiliencia, la sostenibilidad y la calidad a lo largo de la cadena de valor del turismo. 

La actividad también puede incluir la prestación de apoyo financiero (por ejemplo, a las PYME y a la búsqueda de contactos entre empresas).

¿Cuáles son los objetivos?

  1. Mejora de la resistencia y la competitividad de las PYME turísticas mediante una mejor adopción de los principios de sostenibilidad.
  2. Nuevos modelos de negocio en el turismo basados en la digitalización, las nuevas tecnologías, la circularidad y el compromiso de la comunidad local;
  3. Mejora de la cooperación a lo largo de la cadena de valor del turismo;
  4. Mejora de la cooperación transnacional y transfronteriza, la transferencia de conocimientos y el aprendizaje entre iguales;
  5. Apoyar la recuperación del ecosistema turístico de la crisis COVID-19 con efectos a largo plazo para la transición verde y digital.

¿Cuáles son sus requisitos?

Para ser elegibles, los solicitantes (beneficiarios y entidades afiliadas) deben:

  1. ser entidades jurídicas (organismos públicos o privados/interesados)
  2. estar establecidos en uno de los países elegibles, es decir
  3. Estados miembros de la UE (incluidos los países y territorios de ultramar (PTU))
  4. países no pertenecientes a la UE: países del EEE y países asociados al Programa Mercado Unico 

¿Cuál es la fecha límite y el presupuesto de esta convocatoria?

La fecha límite para presentar las propuestas es el 30 de noviembre de 2022 a las 17:00 horario de Bruselas. El presupuesto asignado para esta convocatoria es de € 20 500 000

Las instituciones interesadas en participar en esta iniciativa pueden encontrar más información y solicitar su participación en el sitio web de la Comisión Europea (pulse aquí). Póngase en contacto con nosotros si quiere solicitar consulta para la convocatoria Erasmus+; nuestra experiencia y buen servicio le asegurará el éxito.