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Convocatorias

Proyecto IMREG – Medidas de información para la política de cohesión de la UE para 2022

El fin de la convocatoria es construir y  aumentar la cobertura mediática de la política de cohesión, en particular a nivel regional, al tiempo que se aumenta la conciencia de los ciudadanos sobre los resultados de la política de cohesión y su impacto en sus vidas. Esto se llevará a cabo a través de productos como la emisión de televisión y radio, la cobertura en línea o impresa, y otro tipo de medidas de información y difusión, teniendo en cuenta el multilingüismo.

¿Cuáles son los objetivos?

El objetivo principal es proporcionar apoyo a la producción y difusión de información y contenidos relacionados con la política de cohesión de la UE, incluyendo, entre otros, el Fondo de Transición Justa, o el apoyo pertinente en el marco del Plan de Recuperación para Europa o del Instrumento de Apoyo Técnico.

Las propuestas deben proporcionar información coherente, objetiva y completa, con el fin de ofrecer una imagen global precisa de la política de cohesión de la UE. Las propuestas deben ilustrar y evaluar el papel de la política de cohesión en el cumplimiento de las prioridades políticas de la UE y en la resolución de los retos actuales y futuros de la UE, sus Estados miembros, sus regiones y el nivel local.

Las medidas de información deben incluir una o varias actividades como:

  1.     producción y distribución de material impreso, multimedia o audiovisual
  2.     actividades de divulgación en la web y en las redes sociales
  3.     actos en los medios de comunicación
  4.     conferencias, seminarios, talleres.

Impacto esperado:

  1. Para el público en general: mayor conocimiento de los resultados de la política de cohesión y su repercusión en la vida de los ciudadanos para los europeos que desconocen la UE y la acción de la UE en su región. La información debe centrarse en desarrollar una mayor comprensión de la contribución de la política de cohesión para impulsar el empleo y el crecimiento en Europa y reducir las disparidades entre los Estados miembros y las regiones.
  2. Para las partes interesadas: mejora del compromiso de las partes interesadas (incluidas las autoridades nacionales, regionales y locales, los beneficiarios, las empresas y el mundo académico) que les permita comunicar mejor el impacto de la política de cohesión en sus regiones y contribuir al debate sobre el futuro de la política de cohesión y, más ampliamente, el futuro de Europa.

Requisitos:

Para ser elegibles, los solicitantes (beneficiarios y entidades afiliadas) deben

  1.  Ser entidades jurídicas (organismos públicos o privados)
  2.  Estar establecidos en uno de los países elegibles, es decir
  3. Estados miembros de la UE (incluidos los países y territorios de ultramar (PTU)
      1. no ser autoridades encargadas de la aplicación de la política de cohesión en el sentido del artículo 71 del Reglamento RCP 2021/1060

¿Cuál es la fecha límite y el presupuesto de esta convocatoria? ç

La fecha límite para presentar las propuestas es el 10 January 2023.  El presupuesto asignado para esta convocatoria es de 7000 000 de euros.

Las instituciones interesadas en participar en esta iniciativa pueden encontrar más información y solicitar su participación en el sitio web de la Comisión Europea (pulse aquí). Póngase en contacto con nosotros si quiere solicitar consulta para la convocatoria; nuestra experiencia y buen servicio le asegurará el éxito.

 

agrícola departamento logos
Convocatorias

Ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias)

  • Objeto:

Esta Orden tiene por objeto convocar subvenciones a actuaciones que, en el ámbito de la transformación y de la comercialización de productos agrarios, tiendan a mejorar el rendimiento y desarrollo económico, fomenten los productos de calidad, favorezcan la innovación, la internacionalización, la digitalización, el marketing, sean respetuosas con: el medio ambiente, la seguridad laboral, la higiene y bienestar animal y, a su vez mejoren los ratios de sostenibilidad social, económica y ambiental para el año 2023.

La finalidad de la subvención consiste en aumentar la utilización de materias primas en los procesos productivos y, mejorar su transformación y comercialización, favoreciendo así el aumento del valor añadido de los productos agrícolas, siendo el sector agroalimentario un sector estratégico que permite la sostenibilidad del medio rural y la ordenación del territorio, a través de la vertebración y fomento de la innovación, creando en consecuencia puestos de trabajo.

  • Beneficiarios

Estas ayudas van destinadas a personas físicas, jurídicas o sus agrupaciones que sean titulares de industrias agroalimentarias ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En el caso de que las actividades subvencionadas den como resultado un producto no recogido en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea las entidades beneficiarias de la subvención deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:

  1. Conforme al artículo 1.1 del Reglamento (UE) nº 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio, para ser entidad beneficiaria de estas ayudas deberá tratarse de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) activas en el sector agrícola, conforme a la definición contenida en el anexo I de dicha norma.
  2. De acuerdo con el artículo 1.5 del Reglamento (UE) nº 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio, se excluye expresamente de obtener la condición de entidad beneficiaria a aquellas empresas sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

 

  • Actividades subvencionables

Serán susceptibles de subvención las siguientes actividades:

  1. Inversiones materiales o inmateriales que se realicen en las industrias agroalimentarias, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas, que contribuyan a aumentar el valor añadido de productos agrícolas, exceptuando los productos de la pesca
  2. La introducción de tecnologías y procedimientos con el fin de desarrollar productos nuevos o de mayor calidad y lograr la apertura de nuevos mercados (especialmente en relación con las cadenas de distribución cortas). Inversiones en redes locales de recolección, recepción, almacenamiento, acondicionamiento, clasificación y embalaje, siempre que incluyan un proceso de transformación y/o comercialización del producto agrícola. Inversiones en sistemas de calidad.
  3. Inversiones en actividades de procesamiento de la biomasa agrícola para la producción de energía y biocarburante, así la incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: renovables (solar, térmica, eólica, fotovoltaica, biomasa, biogás) y cogeneración.

Quedan excluidas de la subvención las siguientes actividades:

  1. Las exclusiones que se determinen en el PDR.
  2. Las que consistan en inversiones de reposición o mera sustitución de equipos y maquinaria.
  3. Las inversiones que estén dirigidas al comercio minorista en destino, salvo que la comercialización la realicen las organizaciones de productores o sus entidades vinculadas, de los productos de sus propios asociados o de otros productores no asociados.
  • Gastos subvencionables
  1. La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
  2. La compra de nueva maquinaria y equipos de primera mano, hasta el valor de mercado del producto, así como las inversiones derivadas de la adquisición y/o mejora de activos tangibles e intangibles directamente relacionadas con la innovación, sostenibilidad medioambiental, industria 4.0, las ventas, la transformación digital u otras relacionadas.
  3. Los costes generales vinculados al proyecto de inversión en las letras a) y b) tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medio ambiental y la transformación digital incluidos los estudios de viabilidad, con el límite del 8%, debidamente justificados documentalmente.
  4. Inversiones intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y de la infraestructura TIC necesaria para la ejecución y optimización del proyecto de inversión, así como adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor, y marcas registradas relacionadas.
  5. Inversiones derivadas de la puesta en marcha de proyectos tendentes al incremento de ventas a través de la mejora de la comercialización, a través de la implantación de nuevos canales de ventas u otros relacionados.
  6. Inversiones tendentes a garantizar una oferta estable del producto comercializado o de la puesta en marcha de estructuras estables de mayor capacidad que integren a los eslabones de la cadena de valor alimentaria, desde la producción a la comercialización.

PLAZO: Del 25/10/2022 al 29/12/2022

EMPOWER
Proyectos

Empower

KA220-ADU

ACERCA DEL PROYECTO EMPOWER

La pandemia COVID-19 ha traído cambios generalizados en la sociedad y la economía de las jóvenes emprendedores en toda Europa. Las consecuencias relacionadas con la salud pública, la economía y el entorno político tras la COVID-19 han creado una gran incertidumbre, agravadas por la gran incertidumbre en el futuro.

Así que hemos creado el proyecto EMPOWER, sugiriendo una solución viable e innovadora: creando contenido de formación que empoderará a aquellas que pretenden mejorar sus habilidades para alcanzar puestos deseados el mercado laboral. Y por otro lado, mujeres jóvenes desfavorecidas que no han tenido la oportunidad de formarse, desarrollar, potenciar y mejorar sus competencias, para mejorar su competitividad en el mercado laboral, diversificación económica, desarrollo sostenible y la creación de empleo.

Los objetivos específicos del proyecto EMPOWER son:

-Proporcionar sistemas de orientación laboral a mujeres jóvenes que quieran emprender y liderar empresas sociales o iniciarse en el mundo del emprendimiento.

-Apoyar la prioridad de avanzar en la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres.

-Ofrecer a las mujeres jóvenes la motivación para iniciar un negocio a través de un programa todo en uno (contenidos y herramientas en línea, talleres, actividades grupales, apoyo de múltiples mentores, etc.)

-Proporcionar a los participantes ejemplos y consejos sobre apoyos/métodos financieros a los que pueden acceder para establecer un negocio

 

Acrónimo: EMPOWER

SITIO WEB

 

 

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Convocatorias

Evento Europeo de la Juventud 2023 – (EYE)

El fin de la convocatoria es construir y reforzar la ciudadanía europea entre los jóvenes, sensibilizarlos sobre el funcionamiento de la UE y el papel democrático del Parlamento Europeo, y capacitarlos para que se conviertan en ciudadanos activos, fomentando su implicación y participación activa en las Elecciones Europeas 2024. Los resultados esperados de esta convocatoria son la selección y realización de las actividades en las tres categorías que constituirán el programa EYE Village.

Categoría 1: Debates y talleres interactivos

→para inspirar debates y crear ideas y acciones para el futuro de Europa. 

Categoría 2: Programa cultural 

→para ofrecer actividades que creen comprensión y aceptación cultural a través del arte, superando las barreras lingüísticas.

Categoría 3: Programa de música al aire libre

→para reunir a los participantes de EYE, animándoles a descubrir nuevos artistas emergentes, al tiempo que se sensibiliza sobre la contribución de la música a la UE.

¿Cuáles son los objetivos?

Los objetivos específicos de la convocatoria son comunes a las tres categorías de actividades: 

  1. Organizar actividades al aire libre en consonancia con los valores de EYE, que complementarán los programas internos y en línea organizados por el Parlamento Europeo y sus socios, haciendo participar durante dos días a entre 3.000 y 6.000 jóvenes de entre 16 y 30 años;
  2. Implicar a los jóvenes y a las organizaciones de la sociedad civil en el proceso de co-creación y co-organización del EYE;
  3. Proponer acciones que apoyen el proceso de compromiso estratégico del Parlamento con vistas a las elecciones europeas de 2024, centrándose en la expansión de la comunidad together.eu; 
  4. Crear las condiciones para que los jóvenes generen y desarrollen ideas para el futuro de Europa, que se recogerán en el EYE y se presentarán a los diputados del Parlamento Europeo como referencia para su trabajo; 
  5. Fomentar la diversidad, el equilibrio de género y la inclusión;
  6. Poner en marcha acciones de seguimiento para promover los resultados del Año Europeo 2023;
  7. Garantizar la coherencia con las directrices de comunicación del PE y la marca para el desarrollo de las habilidades blandas necesarias para una ciudadanía responsable. 

Requisitos:

Para las categorías de acción 1 y 3:

 Una organización juvenil paneuropea o una organización paneuropea de la sociedad civil.  A efectos de esta convocatoria, el concepto de organización paneuropea se refiere a:

  1. o bien entidades paneuropeas de afiliación que formen parte formalmente de una red de entidades que compartan valores comunes. Sólo las entidades que forman parte de una red representada en siete o más Estados miembros pueden presentar propuestas a esta convocatoria;
  2. o entidades que representen formalmente el interés de un amplio grupo de entidades miembro de diferentes Estados miembros. Sólo pueden presentar propuestas a esta convocatoria las entidades que cuenten con entidades miembro de siete o más Estados miembros

Para las categorías de acción 2:

 Una organización juvenil paneuropea o una organización de la sociedad civil paneuropea, o departamentos/facultades de universidades o centros de enseñanza superior que preparen a los jóvenes para convertirse en artistas profesionales en las áreas de teatro/artes dramáticas, circo, pantomima o danza.

Duración

Los eventos deben tener lugar entre la fecha de inicio de la acción y el Evento Europeo de la Juventud en junio de 2023, con acciones de seguimiento hasta el 15 de diciembre de 2023. 

¿Cuál es la fecha límite y el presupuesto de esta convocatoria? 

La fecha límite para presentar las propuestas es el 10 Noviembre 2022. El presupuesto asignado para esta convocatoria es de 340 000 de  euros 

Las instituciones interesadas en participar en esta iniciativa pueden encontrar más información y solicitar su participación en el sitio web de la Comisión Europea (pulse aquí). Póngase en contacto con nosotros si quiere solicitar consulta para la convocatoria; nuestra experiencia y buen servicio le asegurará el éxito.

 

KIT DIGITAL HOY LOGOS
Convocatorias

Solicitud Kit Digital para el Segmento III

Hoy 20 de noviembre a partir de las 11:00 h. se abrirá la convocatoria para poder realizar la solicitud del bono del Kit Digital para empresas del Segmento III, es decir para empresas de 0 a menos de 3 empleados.

Estos son lo pasos a seguir para solicitar tu bono Kit Digital:

  1. Regístrate en el área privada de Acelera PYME y completa el test de diagnóstico digital
  2. Consulta la información disponible de las soluciones de digitalización que pondrá a tu disposición el programa Kit Digital.
  3. Accede a los trámites para solicitar tu bono Kit Digital.

Recordamos que el Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.

El acceso a la página web se puede hacer desde el siguiente enlace: Kit Digital | Acelera pyme

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Convocatorias

NetZeroCities: Acelerar la transición de las ciudades hacia las emisiones netas cero para 2030

NetZeroCities (NZC) es un proyecto diseñado para ayudar a las ciudades a superar las actuales barreras estructurales, institucionales y culturales a las que se enfrentan para lograr la neutralidad climática en 2030. NZC apoya la misión de la UE de “100 ciudades neutras para el clima e inteligentes para 2030”. El proyecto reconoce la necesidad de que las ciudades desarrollen estrategias específicas que se adapten a los contextos locales y regionales, y las apoyará desarrollando, promoviendo e integrando herramientas, recursos y conocimientos nuevos y existentes en una plataforma única accesible para todas las ciudades a través de un portal en línea (Plataforma de la Misión). El proyecto adapta las capacidades avanzadas relacionadas con el cambio sistémico, el compromiso de los ciudadanos y la gobernanza democrática y participativa, la estructuración del capital y las finanzas, y la innovación social, para garantizar que las ciudades tengan acceso a los conocimientos técnicos necesarios para afrontar sus retos para convertirse en neutrales desde el punto de vista climático.  

¿Cuáles son los objetivos?

El Programa de Ciudades Piloto NZC:

  1. Identificará 30 ciudades o distritos europeos para probar y aplicar enfoques innovadores, explotando la Investigación & Innovación hacia una rápida descarbonización durante un programa piloto de dos años, trabajando en todas las áreas temáticas y silos funcionales en apoyo de la transformación de los sistemas. 
  2. La selección de Ciudades Piloto tratará de abordar todos los sistemas urbanos, incluyendo la movilidad, los sistemas energéticos y el entorno construido, los flujos de materiales y recursos, la salud y el bienestar, los espacios naturales, los sistemas culturales/sociales/financieros/institucionales y los espacios públicos accesibles. 

Requisitos:

Esta convocatoria está abierta a las ciudades con sede en los Estados miembros de la UE o en los países asociados a Horizon 2020. 

El apoyo financiero puede ser proporcionado a 

  1.  Autoridades locales o administraciones municipales;
  2.  Socios locales, como instituciones de investigación/universidades, 
  3.  Pymes, 
  4.  ONGs/asociaciones, 
  5.  grupos de ciudadanos u otras partes interesadas que participen en la aplicación de las ambiciones climáticas de las autoridades locales o las administraciones municipales.

Duración

El proyecto tendrá una duración máxima de 24 meses.

¿Cuál es la fecha límite y el presupuesto de esta convocatoria? 

La fecha límite para presentar las propuestas es el 4 de Noviembre de 2022. El presupuesto asignado para esta convocatoria es de 32 millones de euros 

Las instituciones interesadas en participar en esta iniciativa pueden encontrar más información y solicitar su participación en el sitio web de la Comisión Europea (pulse aquí). Póngase en contacto con nosotros si quiere solicitar consulta para la convocatoria; nuestra experiencia y buen servicio le asegurará el éxito.

 

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Convocatorias

Programa digital europeo 2021-2022 : Habilidades digitales avanzadas

¿En qué consiste la convocatoria?

El objetivo es aumentar y equilibrar las posibilidades de adquirir competencias digitales en todos los países europeos, ampliando la oferta educativa de cursos de formación en áreas digitales. Los cursos se diseñarán conjuntamente por universidades de diferentes Estados miembros y países asociados, junto con centros de excelencia y empresas activas en el ámbito. 

El impacto será doble: un aumento de la oferta de cursos en toda la UE y el desarrollo de ecosistemas digitales dinámicos en los que la excelencia académica, la investigación y las industrias innovadoras trabajen juntas para atraer y retener a los mejores talentos de todo el mundo.

¿Cuáles son los objetivos?

La acción pretende:

  1. Aumentar y mejorar la oferta de programas educativos y el número de estudiantes especializados en áreas de capacidad clave. 
  2. Apoyar más cursos interdisciplinarios que puedan dotar a los profesionales de habilidades digitales avanzadas relevantes y aumentar la diversidad entre los estudiantes y los futuros expertos digitales (por ejemplo, habilidades de análisis de datos para profesionales de diferentes sectores).
  3. Apoyar la cooperación entre las instituciones de enseñanza superior y el sector privado, junto con los centros de investigación y excelencia en tecnologías digitales, incluidos los financiados en las demás acciones del programa.

Prioridades

Las convocatorias de los dos primeros años abordarán los siguientes temas Datos, Internet de las Cosas (IoT), IA, Blockchain, ciberseguridad, HPC, cuántica, entre otros y cursos interdisciplinares, incluyendo la enseñanza de las áreas anteriores en un ámbito educativo no relacionado con las TIC (por ejemplo, aplicaciones de IA para la agricultura o ciberseguridad y derecho, etc.). 

Las propuestas pueden referirse a una sola área tecnológica, o a más, o a un solo programa interdisciplinario, con un enfoque específico en un sector. 

Las instituciones de educación terciaria en consorcio con los centros de competencia y excelencia pertinentes y la industria recibirán financiación para crear y reforzar cursos de excelencia en las áreas mencionadas. 

Requisitos:

 Para ser elegibles, los solicitantes (beneficiarios y entidades afiliadas) deben:

  1.  ser entidades jurídicas (organismos públicos o privados)
  2.  estar establecidos en uno de los países elegibles, es decir
  3.  Estados miembros de la UE (incluidos los países y territorios de ultramar (PTU))
    1. países no pertenecientes a la UE:
    2. países del EEE incluidos en la lista y países asociados al Programa Europa Digital (países asociados) o países que estén en negociaciones en curso para un acuerdo de asociación y cuyo acuerdo entre en vigor antes de la firma de la subvención.

Se animará a los socios de estos consorcios a compartir conocimientos, instalaciones, personal y material didáctico También se fomenta la movilidad intersectorial entre las instituciones de educación superior y el sector privado. 

¿Cuál es la fecha límite y el presupuesto de esta convocatoria?

La fecha límite para presentar las propuestas es el 24 de Enero de 2023. El presupuesto asignado para esta convocatoria es de € 56 000 000 

Las instituciones interesadas en participar en esta iniciativa pueden encontrar más informaciones y solicitar su participación en el sitio web de la Comisión Europea (pulse aquí). Póngase en contacto con nosotros si quiere solicitar consulta para la convocatoria; nuestra experiencia y buen servicio le asegurarán el éxito.

UNIVERSIDAD LOGOS
Convocatorias

Programa de subvenciones para cursos de formación para la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte y la movilidad

  • Objeto:

Concesión de subvenciones públicas, para la realización de cursos de formación para la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte, la movilidad, la logística y las infraestructuras, entendidos con un enfoque amplio.

Las subvenciones que se concedan al amparo de esta orden ministerial tendrán como finalidad la financiación de acciones formativas orientadas a la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte y la movilidad, así como la logística, la operación y el mantenimiento de las infraestructuras vinculadas

  • Beneficiarios:

Los beneficiarios de estas ayudas serán las universidades públicas y privadas, tanto estatales como autonómicas.

No obstante, los destinatarios finales de las ayudas serán las personas físicas que recibirán los cursos de formación, que podrán ser tanto trabajadores del sector, como estudiantes, desempleados o personal de las administraciones públicas. Los cursos subvencionados deberán estar abiertos a todas las personas físicas que reúnan los requisitos establecidos por los beneficiarios, no pudiendo limitarse el acceso a las acciones formativas únicamente a personal que forme parte de una empresa determinada.

  • Gastos subvencionables

Serán gastos subvencionables aquellos relacionados con la organización e impartición de los cursos de formación. De esta manera, los beneficiarios deberán utilizar los fondos europeos para financiar la ejecución de las acciones formativas objeto de la convocatoria, incluyendo el coste del personal docente (formadores) o los gastos administrativos, de alquileres, seguros o comunicación y difusión, entre otros.

El IVA no se considera un coste financiable.

  • Actividades formativas

Las acciones formativas deben cumplir una serie de condiciones para poder ser financiables, tal y como consta en las bases reguladoras publicadas:

  1. Los cursos deben constar con un mínimo de 15 créditos ECTS (Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos) con entre 25 y 30 horas por crédito, lo que equivale a 375 horas de trabajo del alumno como mínimo.
  2. Al menos, un tercio de las horas del curso deben ser lectivas.
  3. Los cursos podrán impartirse en tres modalidades: presencial, a distancia (Aula Virtual) o mixta.

En este contexto, se entiende como aula virtual un entorno de aprendizaje donde el tutor-formador y el alumnado interactúan, de forma concurrente y en tiempo real, a través de un sistema de comunicación telemático de carácter síncrono. En cuanto a la modalidad mixta, se aplica tanto a los cursos en los que una parte de la formación se imparte de forma presencial y otra a distancia, como a aquellos en los que el docente imparte los cursos de forma presencial a una parte del alumnado mientras otra sigue las clases de forma virtual simultáneamente.

Deberá entregarse a cada participante que haya completado con éxito la formación, un diploma acreditativo o título propio que recoja el número de créditos aprobados, el resultado del aprendizaje, la modalidad de impartición y el periodo, entre otra información.

  • Presupuesto y procedimiento de concesión

Esta convocatoria cuenta con un presupuesto de 10,5 millones de euros de los fondos Next Generation EU para formar cerca de 4000 alumnos antes del 30 de junio de 2025.

El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

PLAZO: hasta el 3 de noviembre

ciencia logos
Convocatorias

Concesión de la distinción “Ciudad de la Ciencia y la Innovación” correspondiente al año 2022

  • Objeto:

La distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación» tiene como objetivo reconocer la participación de un gran número de ayuntamientos en la política de ciencia e innovación del Gobierno, como agentes integrantes de la Estrategia Estatal de Innovación, mediante un reconocimiento anual, que otorgue prestigio y genere una conducta institucional activa a favor de la innovación, valorando tanto los pequeños como los grandes esfuerzos y logros.

La concesión se realiza mediante el régimen de concurrencia competitiva conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.

  • Beneficiarios:

Podrán ser candidatos aquellos ayuntamientos en donde exista acuerdo de participación del órgano municipal competente, y que hayan realizado proyectos de innovación

  • Proyectos de innovación
  1. Los destinados a la promoción de la actividad económica, la iniciativa emprendedora y la innovación, como parques empresariales, parques científicos y tecnológicos, centros de conocimiento y viveros de empresa, así como su dotación de infraestructuras para el despliegue y acceso a las redes de telecomunicaciones de nueva generación.
  2. Los de creación, equipamiento y desarrollo de infraestructuras de innovación y desarrollo tecnológico.
  3. Los destinados a mejorar el acceso a las redes e infraestructuras de las tecnologías de la información y de las telecomunicaciones fijas y móviles, y a su utilización.
  4. Los destinados a mejorar la economía verde, entendida como patrón de crecimiento que respete la sostenibilidad ambiental, uso racional de los recursos naturales, eficiencia energética e incremento del uso de las energías renovables tanto en el patrimonio municipal, especialmente los edificios, como en los servicios públicos prestados por el ayuntamiento, con especial atención al transporte colectivo innovador y a nuevas formas de movilidad.
  5. Los destinados a promover la innovación en la economía de la salud y asistencial (centros de día, asistenciales y de mayores), como mejora de la calidad de vida por parte de los ciudadanos del municipio.
  6. Los destinados a la modernización de la Administración municipal mediante el establecimiento de procesos de gestión documental, digitalización y acceso a redes de comunicación de alta velocidad, fijas y móviles.
  7. Los centros de cultura y divulgación científica-tecnológica (museos de ciencia o tecnología, museos de energía, centros de divulgación/interpretación científico técnica…).
  8. Las residencias de investigadores y centros de formación.
  • Modalidades de la distinción

Se contemplan tres categorías en la distinción atendiendo a la población del municipio:

– Hasta 20.000 habitantes.

– De 20.001 a 100.000 habitantes.

– Más de 100.000 habitantes.

  • PLAZOS: del 18 al 28 de octubre de 2022 a las 12h.
A RÍO EBRO
Convocatorias

Subvenciones para actuaciones de adaptación al riesgo de inundación de edificaciones, equipamientos e instalaciones o explotaciones en el tramo medio del río Ebro y principales afluentes

  • Objeto:

Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas de Aragón, La Rioja y la Comunidad Foral de Navarra para el desarrollo de medidas para la mejora ambiental de los cauces y la adaptación al riesgo de inundación de edificaciones, equipamientos, instalaciones, explotaciones agrícolas y/o ganaderas, vías de comunicación o núcleos urbanos existentes en el tramo medio del río Ebro y principales afluentes asociados.

 

  • Beneficiarios:

Serán beneficiarias directas de estas subvenciones las comunidades autónomas de Aragón, La Rioja y la Comunidad Foral de Navarra.

Por lo tanto, podrán ser destinatarios últimos de las ayudas establecidas en el real decreto, los sujetos que se enumeran a continuación y que lleven a cabo cualquiera de las actuaciones necesarias de forma que se minimicen los daños que producen las inundaciones en dicho ámbito:

  1. Administraciones públicas.
  2. Personas físicas.
  3. Personas jurídicas.
  4. Cualquier entidad del sector público institucional

El ámbito territorial de este real decreto queda definido para los municipios ribereños del eje del río Ebro, desde el término municipal de Logroño hasta la desembocadura del río Aguas Vivas en el término municipal de La Zaida, en la provincia de Zaragoza, así como los municipios ribereños de los principales afluentes por su margen izquierda, en particular el río Ega, ríos Arga y Aragón, río Arba y río Gállego, y en su margen derecha el río Cidacos, el río Alhama, el río Jalón y el río Huerva.

  • Actuaciones a financiar:
  1. Adquisición de equipamientos o materiales que impidan la entrada de las aguas o faciliten su evacuación tales como barreras temporales o permanentes, bombas de achique, válvulas antirretornos y otros elementos.
  2. Ejecución de obras de recuperación ambiental y mejora del estado de cauces y riberas que, contribuyan además a la reducción del riesgo de inundación, especialmente en los entornos urbanos, incluyendo actuaciones de adaptación al riesgo de inundación en los elementos vulnerables, tales como impermeabilización o rediseño de fachadas, construcción o mejora de muros perimetrales, protección o sellado de huecos (ventanas, rejillas de ventilación, patinillos de instalaciones…), protección o traslado de instalaciones vulnerables (cuadros eléctricos, transformadores, calderas, depósitos de combustible, etc.). Serán elegibles los gastos de los servicios complementarios de las obras, tales como redacción de proyectos, dirección de obra y coordinación de seguridad y salud, estudios topográficos, geotécnicos, de inundabilidad, etc.
  3. Adaptación al riesgo de inundación de explotaciones agrarias (instalación de compuertas y/o barreras anti-inundación temporales y/o permanentes, sellado e impermeabilización de paredes exteriores y soleras, elevación o sellado de umbrales de entrada, elevación o protección de infraestructuras y/o de equipamientos, creación, ampliación o mejora de sistemas de drenaje, rediseño de redes y sistemas de riego de forma que discurran bajo el terreno natural, creación de bandas de protección natural, reordenación/rotación de cultivos y selección de especies inundorresistentes, creación de zonas de inundación temporal controlada, etc.).
  4. Instalación de elementos que permitan adaptar y proteger explotaciones ganaderas (alojamiento temporal para los animales, apriscos permanentes o temporales, construcción de rampas de acceso, barreras anti-inundación, elevación del suelo de naves, elevación y/o protección de equipamiento/instalaciones, sellado e impermeabilización de muros exteriores, etc.).
  5. Implantación de medidas encaminadas a la mitigación de riesgos mediante una mejor gestión de los episodios de inundación, tales como la elaboración y/o implantación de planes de protección civil de ámbito municipal.
  6. Adquisición de terrenos y la indemnización de cualesquiera otros derechos que pudieran resultar afectados en actuaciones destinadas a la protección frente al riesgo de inundación, incluyendo indemnizaciones condicionadas al cese de actividad y la baja en el registro de explotaciones ganaderas ubicadas en zonas de elevado riesgo de inundaciones. Se considerarán elegibles, en su caso, los gastos de demolición de edificaciones existentes con el fin de dejar el terreno adaptado al riesgo de inundación.
  7. Otras actuaciones de adaptación de vías de comunicación y cualquier otra infraestructura o bien existente en la zona inundable, incluyendo la implantación de las medidas identificadas en los planes de gestión del riesgo de inundación y otros planes regionales o municipales de actuación frente a inundaciones.
  8. No podrán beneficiarse de subvención aquellas obras o actuaciones que estén destinadas a reparaciones o mejoras que no tengan relación directa con la adaptación al riesgo de inundación
  • Financiación y presupuesto:

El importe total de las subvenciones contenidas en este real decreto asciende a diez millones de euros (10.000.000), distribuidos entre las entidades beneficiarias correspondiendo a cada una de ellas los siguientes importes:

  1. A la Comunidad Autónoma de Aragón, 4.500.000 euros.
  2. A la Comunidad Autónoma de La Rioja, 1.500.000 euros.
  3. A la Comunidad Foral de Navarra, 4.000.000 de euros.

El importe de la subvención prevista se abonará con cargo al presupuesto del Fondo de Restauración Ecológica y Resiliencia, FCPJ.

  • Requisitos:
  1. Los beneficiarios habrán de ejecutar las medidas citadas en el plazo de treinta y seis (36) meses desde la aprobación de este real decreto, prorrogables. Podrán incluirse en el ámbito de este real decreto, adicionalmente las actuaciones de adaptación al riesgo de inundación que se hayan realizado en los dieciocho meses anteriores a la aprobación del mismo. El plazo para su ejecución finalizará en cualquier caso antes del 1 de junio de 2026, todo ello en coordinación con las distintas actuaciones establecidas en el CID para esta tipología
  2. Con este real decreto se apoya y colabora en el cumplimiento de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en concreto, que insta a proteger al menos 40.000 habitantes contra el riesgo de inundación. Para ello, tras la ejecución de las actuaciones financiadas con este real decreto, deberán haberse realizado actuaciones de restauración de ríos y riberas en al menos 5 kilómetros de cauces y haber protegido frente al riesgo de inundación a, al menos, 1.000 habitantes, siendo el número de habitantes protegidos en cada una de las comunidades autónomas de, al menos:

– Aragón, actuaciones en más de 2,25 kilómetros de cauces y 450 habitantes

– La Rioja, actuaciones en más de 0,75 kilómetros de cauces y 150 habitantes

– Navarra, actuaciones en más de 2 kilómetros de cauces y 400 habitantes

  • Distribución del presupuesto:
  1. Al menos un 25 % de la subvención total destinada a su ámbito territorial para realizar las obras necesarias que permitan la protección, mejora ambiental y adaptación al riesgo de inundación de los entornos fluviales de los municipios del ámbito territorial de este real decreto, así como edificios, instalaciones, infraestructuras o equipamientos de titularidad pública existentes en el ámbito territorial.
  2. Al menos un 25 % de la subvención total destinada a su ámbito territorial al sector privado, para lo cual deberán realizar una convocatoria de concurrencia competitiva que financie medidas de adaptación al riesgo de inundación de bienes privados en el ámbito territorial.
  3. Hasta un 10 % de la subvención total destinada a su ámbito territorial para la contratación de personal técnico que permita el asesoramiento y capacitación en el diseño e implementación de las actuaciones propuestas a los eventuales beneficiarios, así como en la coordinación de la preparación de la documentación justificativa de las subvenciones. La contratación de este personal podrá realizarse de forma directa, a través de encargos a medios propios personificados o mediante licitaciones públicas.

Más información: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-15420